Madrid (BOCM-20221207-55)
Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano. Plan especial
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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MIÉRCOLES 7 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 291

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
55

MADRID
URBANISMO

Área de Gobierno de Desarrollo Urbano
Aprobación definitiva del Plan Especial en el edificio situado en la calle del Pez, número 1, distrito de Centro.—Expediente 135-2020-01998.
El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 25 de octubre de 2022,
adoptó el siguiente acuerdo:
“Primero.—Aprobar definitivamente el Plan Especial para el edificio situado en la calle
del Pez, número 1, distrito de Centro, promovido por Asistencia y Ayuda Yadisema, S. L., de
conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con los artículos 57 y 62.2 de la citada Ley.
Segundo.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID, en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, con indicación de haberse procedido previamente a su depósito en el registro administrativo de la
Consejería competente en materia de ordenación urbanística”.
Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el art. 70.2 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, a continuación se publica los documentos con contenido normativo:
NORMAS URBANÍSTICAS

La edificación objeto del presente Plan Especial de Protección y Plan Especial de Control
Urbanístico-Ambiental de usos, se sitúa dentro del Área de Planeamiento Específico del Centro Histórico (APE-00.01) y está regulada por la Norma Zonal 1, grado 1.o y nivel A de uso.
Asimismo, el edificio se encuentra catalogado en el Nivel 2 de protección, grado de protección “Estructural” por las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana
de Madrid 1997 (en adelante, Normas Urbanísticas del PGOUM) y se encuentra afectado por
“Otras protecciones y afecciones” por pertenencia a los siguientes territorios protegidos:
— ZPA Recinto Histórico. Bien protegido (BIC declarado en la categoría de Zonas
de Protección Arqueológica).
— Recinto de la Villa de Madrid. Bien protegido (BIC declarado en la categoría de
Conjunto Histórico “REC. Villa Madrid”).
Asimismo, dentro del Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, se encuentra
en el interior del Entorno de Bien Protegido (BIC declarado en la categoría de Monumentos) de la Iglesia del Monasterio de Benedictinas de San Plácido.
El nivel 2 de protección implica, conforme al artículo 4.3.4 del PGOUM, la inclusión de
aquellos edificios cuyas características constructivas y volumétricas son igualmente del mayor interés, aunque la existencia en su interior de zonas de menor valor arquitectónico hacen
que pueda ser autorizado un régimen de obras más amplio que le correspondiente al nivel 1.
El grado estructural incluye aquellos inmuebles con valores suficientes para merecer la conservación, tanto de su volumetría como de sus elementos arquitectónicos más destacados.
De acuerdo con el plano de Análisis de la Edificación del PGOUM, resulta ser un área
con elementos arquitectónicos protegidos.
El régimen urbanístico se corresponde con lo señalado en el PGOUM, más lo establecido por estas Normas de Protección del Plan Especial.
Régimen de obras
Por otra parte, en lo que se refiere al régimen de obras aplicable al inmueble objeto del
Plan Especial, de acuerdo con lo señalado en el artículo 4.3.12 de las Normas Urbanísticas

BOCM-20221207-55

Condiciones generales de edificación