C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL Y DIGITALIZACIÓN (BOCM-20221205-18)
Puesto funcionario habilitación nacional –  Resolución de 23 de noviembre de 2022, de la Direccion General de Reequilibrio Territorial, sobre la reclasificación del puesto de Secretaría de clase tercera a clase segunda, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional del Ayuntamiento de Villarejo de Salvanés; y la creación y clasificación del puesto de Intervención y Tesorería, reservado a funcionarios de Administracíon Local con habilitación de carácter nacional, en el Ayuntamiento de Villarejo de Salvanés
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 289

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Administración Local y Digitalización
RESOLUCIÓN de 23 de noviembre de 2022, de la Direccion General de Reequilibrio Territorial, sobre la reclasificación del puesto de Secretaría de clase tercera a clase segunda, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional del Ayuntamiento de Villarejo de Salvanés; y la
creación y clasificación del puesto de Intervención y Tesorería, reservado a funcionarios de Administracíon Local con habilitación de carácter nacional, en el
Ayuntamiento de Villarejo de Salvanés.

Visto el expediente tramitado por el Ayuntamiento de Villarejo de Salvanés, mediante escrito de fecha 26 de octubre de 2022, relativo a la solicitud de reclasificación del puesto de Secretaría de clase tercera a clase segunda, y la consiguiente creación y clasificación
del puesto de Intervención y Tesorería de dicho Ayuntamiento, por parte de la Comunidad
de Madrid, de conformidad con el articulo 2 a 8 y 11, 13 y 14, y disposición transitoria sexta del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de
los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional
Visto que en el expediente consta: Certificado de Secretaría del Ayuntamiento de Villarejo de Salvanés, del acuerdo de Pleno de fecha 28 de julio de 2022, en que se formaliza
dicha petición; Certificado de Secretaría de la cifra oficial de población del municipio a fecha 1 de enero de 2021, cuyo total es de 7.552 habitantes; Certificado de Secretaría del Presupuesto General del Ayuntamiento de Villarejo de Salvanés para el ejercicio 2022, en el
que consta el importe del Estado de ingresos y gastos, que asciende a nueve millones, setecientos siete mil, trescientos noventa y ocho euros (9.707.398,18 euros).
Visto que se cumplen los requisitos del artículo 8 del Real Decreto 128/2018, de 16 de
marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en cuanto a la clasificación del puesto de Secretaría, y creación y clasificación del puesto de Intervención y de Tesorería que propone el
Ayuntamiento Villarejo de Salvanés.
Visto que el artículo 8 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, establece que serán Secretarías de clase segunda: las secretarías de Ayuntamientos cuyo municipio tenga una población comprendida entre 5.001 y 20.000
habitantes, así como los de población inferior a 5.001 cuyo presupuesto sea superior a 3 millones de euros.
Visto que el artículo 11 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional, establece que “en las Entidades Locales cuya Secretaría esté clasificada en
clase primera o segunda, existirá un puesto de trabajo denominado Intervención, que tendrá atribuida la responsabilidad administrativa de las funciones enumeradas en el artículo
4 de este real decreto”.
Visto el artículo 13 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el
régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter
nacional, establece que los puestos de trabajo de Intervención se clasificarán por las comunidades autónomas en clase segunda las Entidades Locales cuya Secretaría se encuentre
clasificada en clase segunda.
Finalmente, respecto de la Tesorería establece el artículo 14 del R.D. 128/2018, de 16
de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional, que en las Corporaciones Locales cuya Secretaría
esté clasificada en primera o segunda clase, existirá un puesto de trabajo denominado Tesorería, al que corresponderá la responsabilidad administrativa de las funciones enumeradas en el artículo 5 de este Real Decreto. Los puestos a que se refiere el apartado anterior
estarán reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional de la subescala de Intervención- Tesorería.

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