Perales de Tajuña (BOCM-20221205-116)
Ofertas de empleo. Bases generales procesos selectivos
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 289

Finalizada la fase de oposición, el Tribunal procederá a valorar los méritos y servicios
de los aspirantes que hayan superado la citada fase de oposición.
El orden de actuación de las personas aspirantes será el del resultado del sorteo al que
al que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de las Administración del Estado (artículo 17 del Real Decreto 364/1995).
Los ejercicios de la oposición se detallarán en las bases específicas.
La calificación de la fase de oposición será la suma de las puntuaciones obtenidas en
los ejercicios práctico y teórico.
Los programas de los ejercicios teóricos de selección serán aprobados por cada Corporación y contendrán materias comunes y materias específicas en la proporción que determine la convocatoria, no rigiéndose por lo establecido en el artículo 8 y 9 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas
mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local.
Fase concurso:
La puntuación total a otorgar en el concurso será de hasta 40 puntos.
Los criterios del concurso se detallarán en cada base específica.
En caso de empate en la puntuación final, se aplicarán los siguientes criterios:
1. En primer lugar, la persona que tenga más experiencia en el Ayuntamiento de Perales de Tajuña, en la plaza convocada.
2. En segundo lugar, a la mayor experiencia en el Ayuntamiento de Perales de Tajuña, en puestos distintos al que se convoca.
3. En tercer lugar, a la mayor puntuación obtenida en el apartado de experiencia en
otras Administraciones.
4. En cuarto lugar, a la mayor puntuación obtenida en el apartado de formación.
El Tribunal no valorará los méritos que no estén acreditados en la forma descrita en
cada convocatoria específica. En ningún caso se valorarán méritos no alegados o no acreditados en plazo.
Séptima. Calificación
La puntuación de todos los méritos será de máximo 100 puntos.
La calificación final será la suma de los puntos obtenidos en la fase de concurso.

Una vez terminada la baremación y consideradas las reclamaciones presentadas, el
Tribunal hará pública la relación de aspirantes por orden de puntuación en la sede electrónica de este Ayuntamiento https://www.ayto-peralestajuna.org/paginas/tramites-y-gestiones
Las personas que no superen el proceso selectivo se incluirán en bolsas de personal
funcionario interino o de personal laboral temporal específicas o ya existentes.
Los aspirantes propuestos acreditarán ante la Administración, dentro del plazo de veinte días hábiles desde que se publican en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de este Ayuntamiento https://www.ayto-peralestajuna.org/paginas/tramites-y-gestiones ,
los documentos justificativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la
convocatoria (anexo II).
Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen
la documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de
la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
En el caso de personal laboral Se procederá a la formalización del correspondiente
contrato de trabajo y la incorporación al puesto de trabajo dentro del plazo que se establezca. Podrá establecerse la superación del período de prueba que corresponda de acuerdo con
la normativa laboral, con lo que se culmina el proceso y el trabajador adquirirá la condición
de empleado público.
Formalizado el contrato se deberá comunicar a la oficina pública de empleo que corresponda, en el plazo de los diez días siguientes a su concertación; asimismo, se deberá informar a la representación legal de los trabajadores, mediante entrega de una copia básica
de los contratos celebrados.

BOCM-20221205-116

Octava. Relación de aprobados, acreditación de requisitos exigidos y nombramiento