Loeches (BOCM-20221202-83)
Organización y funcionamiento. Ordenanza bienestar animal
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 2 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 287

BOCM-20221202-83

Art. 36. Concurrencia de sanciones.—Cuando de la comisión de una infracción derive necesariamente la comisión de otra u otras, se deberá imponer únicamente la sanción
correspondiente a la infracción más grave cometida. Si todas las infracciones son de la misma calificación se impondrá aquella de mayor cuantía económica.
Art. 37. Caducidad del procedimiento.—En los procedimientos sancionadores instruidos en aplicación de esta Ordenanza, deberá dictarse y notificarse la oportuna resolución
en el plazo máximo de un año, contados a partir del momento en que se acordó su iniciación.
La falta de notificación de la resolución al interesado en dicho plazo determinará la caducidad del procedimiento, salvo que la demora se deba a causas imputables a los interesados o a la tramitación por los mismos hechos de un proceso judicial penal.
Loeches, a 23 de noviembre de 2022.—El alcalde-presidente, Fernando Díaz Sánchez.
(03/22.760/22)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791