Arganda del Rey (BOCM-20221201-70)
Régimen económico. Plan municipal inspección tributaria
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 286

JUEVES 1 DE DICIEMBRE DE 2022

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ciones que de la base imponible se detecten, en el transcurso de las comprobaciones del coste real y efectivo del impuesto sobre construcciones, instalaciones y
obras.
B) Tasa por licencia de apertura.
C) Tasa por entrada de vehículos a través de las aceras.
II. Actuaciones

BOCM-20221201-70

1. De investigación para el descubrimiento de hechos imponibles no declarados.
2. De liquidación mediante la elaboración de la propuesta de liquidación tributaria
resultante de sus actuaciones de comprobación e investigación.
3. De resolución de las alegaciones presentadas contra las comunicaciones, requerimientos y propuestas de regularización.
4. De la resolución de los recursos de reposición contra los actos administrativos de
liquidación derivados de actuaciones inspectoras.
5. De la iniciación, desarrollo y propuesta de resolución del procedimiento sancionador derivado de la puesta de manifiesto de infracciones tributarias en el transcurso de actuaciones inspectoras. A estos efectos, resolverá las alegaciones contra la propuesta de iniciación y los recursos de reposición contra el acto administrativo de sanción que puedan
presentarse.
La vigencia del presente Plan de Inspección Tributaria se establece desde la fecha de
su aprobación y quedará prorrogado en su aplicación en los ejercicios siguientes en tanto
en cuanto no se vea sustituido por la aprobación de plan posterior.
Lo que se hace público para general conocimiento y a los efectos que procedan.
Arganda del Rey, a 21 de noviembre de 2022.—La jefa de Unidad de Inspección Tributaria, Ana Isabel Lachica Sánchez.
(03/22.701/22)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791