Mancomunidad de Servicios Valle Norte del Lozoya (BOCM-20221201-110)
Ofertas de empleo. Convocatoria procesos selectivos
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BOCM

JUEVES 1 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 286

1.4. Procedimiento de selección.—El sistema selectivo en el procedimiento extraordinario de estabilización será el de concurso de méritos, de conformidad con las puntuaciones
y méritos que se especifican en las presentes bases.
Se garantizará en todo caso el cumplimiento de los principios constitucionales de
igualdad, mérito, capacidad y publicidad.
Segunda. Normas generales
La convocatoria de la plaza se regirá por las presentes bases, y en lo no previsto en estas Bases Especificas se estará a lo dispuesto en la normativa legal de aplicación y en las
Bases Generales por las que se regirán las convocatorias incluidas en los procedimientos
diferenciados extraordinarios de consolidación y estabilización de empleo temporal para la
provisión de diferentes plazas de personal funcionario, o personal laboral de la Mancomunidad de Servicios Valle Norte del Lozoya, publicadas anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID número 302, de fecha 20 de diciembre de 2020, que regirán cuantos aspectos no queden regulados en la legislación específica mencionada en las mismas.
Tercera. Requisitos de los aspirantes
Los/las aspirantes, además de reunir los requisitos exigidos en el apartado 5, de las Bases Generales, deberán estar en posesión del título de Bachiller, Técnico de grado medio FP
o equivalente u otro equivalente que habiliten para el ejercicio de esta profesión, según establecen las directivas comunitarias, o aquellos otros homologados equiparables al anterior
por disposición normativa. Los aspirantes que aleguen estudios equiparables a los exigidos,
habrán de citar la disposición legal en que se reconozca tal equivalencia o, en su caso, aportar la certificación expedida por el organismo competente en materia de homologación de
títulos académicos que acredite la citada equivalencia.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la
correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.
Cuarta. Publicación y solicitudes
En lo referente a la publicación y presentación de solicitudes y documentos a acompañar a las solicitudes se estará a lo establecido en el apartado 6, de las Bases Generales citadas anteriormente.
La alegación y acreditación de los méritos se hará, junto con la solicitud y en el plazo
de presentación de las mismas, mediante Anexo de Autovaloración de méritos, al que se adjuntará, fotocopia de los documentos enumerados que sirvan de prueba para la justificación
de cada uno de los méritos.
El Anexo podrá descargarse junto con la solicitud en la página web de la Mancomunidad de Servicios Valle Norte del Lozoya:
— http://mancomunidadvallenortedellozoya.es/empleo
No serán tenidos en cuenta los méritos que no queden alegados y acreditados en el plazo y forma anteriormente mencionados, sin perjuicio de que el Tribunal pueda solicitar la
ampliación de documentación si considera que un mérito no se encuentra correctamente
acreditado.
Quinta. Tribunal de selección
En lo referente al tribunal de selección se estará a lo establecido en el apartado 8, de
las Bases Generales citados anteriormente.
Sexta. Admisión de aspirantes y orden de actuación
En lo referente a la admisión de aspirantes y orden de actuación se estará a lo establecido en el apartado 7, de las Bases Generales citadas anteriormente.
Séptima. Procedimiento de selección y desarrollo de las pruebas selectivas
7.1. Los procesos de selección se realizarán a través del sistema de concurso de valoración de méritos, en donde los méritos profesionales serán un 60 por 100 de la valoración de la fase del concurso y los méritos académicos y de formación supondrán el 40
por 100 de la valoración de la fase de concurso, del total de la puntuación máxima.

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