Mancomunidad de Servicios Valle Norte del Lozoya (BOCM-20221201-110)
Ofertas de empleo. Convocatoria procesos selectivos
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BOCM

JUEVES 1 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 286

De persistir el empate, este se solventará por orden alfabético del primer apellido de
los aspirantes empatados, iniciándose el orden por la letra resultante del último sorteo celebrado a los efectos de la resolución de empates en los procesos selectivos.
Novena. Relación de aprobados
En lo referente a la relación de aprobados, se estará a lo establecido en el apartado 11,
de las Bases Generales citadas anteriormente.
Décima. Presentación de documentos
En lo referente a la presentación de documentos, se estará a lo establecido en el apartado 12, de las Bases Generales citadas anteriormente.
Décima primera. Nombramiento y toma de posesión
En lo referente al nombramiento como funcionario de carrera y toma de posesión
del puesto, se estará a lo establecido en el apartado 13, de las Bases Generales citadas
anteriormente.
Décima segunda. Bolsa de empleo, funcionamiento y gestión
La Bolsa se constituirá atendiendo al orden de puntuación, obtenida superior a 39 puntos, en el proceso de selección por cada uno/a de los/as candidatos. Producida la necesidad
de contratación de la categoría a que se refiere este proceso de selección, se procederá a llamar al/la primer/a clasificado/a, a través de llamada telefónica (al número de teléfono indicado en su solicitud) y para que quede constancia de las actuaciones se enviará un mensaje telefónico o correo electrónico. Si dicha persona estuviese trabajando, en situación de
incapacidad temporal, o no deseara contratar con esta Mancomunidad, se procederá a llamar a la segunda persona clasificada, y así sucesivamente.
En caso de que los/as seleccionados/as para componer la Bolsa cambien de número de
teléfono móvil designado a efectos de notificaciones deberán comunicar por escrito dicha
circunstancias a eta Mancomunidad, siendo de su responsabilidad los efectos negativos que
del incumplimiento de dicha obligación pudiera derivarse.
Aquellos/as integrantes de la Bolsa de Empleo a quienes se les oferte una propuesta de
contratación y no la aceptasen por causas debidamente justificadas, deberán aportar la correspondiente documentación acreditativa, en el plazo de dos días hábiles, pasados los mismos quedarán excluidos/as de la Bolsa.
Se consideran causas justificadas de renuncia la concurrencia de alguna de las siguientes circunstancias, a acreditar en la forma que se indica:
— Estar trabajando cuando se realice el llamamiento: Se acreditará mediante la presentación de copia del informe de vida laboral expedido por la Tesorería General
de la Seguridad Social, o bien mediante copia del contrato de trabajo vigente y de
la última nómina.
— Por el desempeño de cargo público incompatible con este trabajo, acreditándolo
con certificado emitido por un fedatario público.
— Encontrarse en situación de baja por maternidad/paternidad o riesgo durante el
embarazo: Se acreditará mediante la presentación del parte de baja o informe
médico.
— Encontrarse al cuidado de hijos/as menores de 3 años: Se acreditará mediante la
presentación del libro de familia, pudiendo permanecer en dicha situación hasta
que el menor cumpla 3 años.
— Encontrarse al cuidado de personas con dependencia, justificando ser cuidador/a
principal.
— Estar en situación de incapacidad por motivos de salud: Se acreditará mediante la
presentación del debido certificado médico que acredite la situación, con una vigencia de un mes.
En caso de renuncia del/la aspirante a la propuesta de contratación sin causa justificada pasará a ser excluido/a de la Bolsa, previa comunicación al interesado/a con indicación
del motivo de exclusión.

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