Mancomunidad de Servicios Valle Norte del Lozoya (BOCM-20221201-110)
Ofertas de empleo. Convocatoria procesos selectivos
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 286

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 1 DE DICIEMBRE DE 2022

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circunstancias a esta Mancomunidad, siendo de su responsabilidad los efectos negativos
que del incumplimiento de dicha obligación pudiera derivarse.
Aquellos/as integrantes de la Bolsa de Empleo a quienes se les oferte una propuesta de
contratación y no la aceptasen por causas debidamente justificadas, deberán aportar la correspondiente documentación acreditativa, en el plazo de dos días hábiles, pasados los mismos quedarán excluidos/as de la Bolsa.
Se consideran causas justificadas de renuncia la concurrencia de alguna de las siguientes circunstancias, a acreditar en la forma que se indica:
— Estar trabajando cuando se realice el llamamiento: Se acreditará mediante la presentación de copia del informe de vida laboral expedido por la Tesorería General
de la Seguridad Social, o bien mediante copia del contrato de trabajo vigente y de
la última nómina.
— Por el desempeño de cargo público incompatible con este trabajo, acreditándolo
con certificado emitido por un fedatario público.
— Encontrarse en situación de baja por maternidad/paternidad o riesgo durante el
embarazo: Se acreditará mediante la presentación del parte de baja o informe
médico.
— Encontrarse al cuidado de hijos/as menores de 3 años: Se acreditará mediante la
presentación del libro de familia, pudiendo permanecer en dicha situación hasta
que el menor cumpla 3 años.
— Encontrarse al cuidado de personas con dependencia, justificando ser cuidador/a
principal.
— Estar en situación de incapacidad por motivos de salud: Se acreditará mediante la
presentación del debido certificado médico que acredite la situación, con una vigencia de un mes.
En caso de renuncia del/la aspirante a la propuesta de contratación sin causa justificada pasará a ser excluido/a de la Bolsa, previa comunicación al interesado/a con indicación
del motivo de exclusión.
Décima tercera. Datos de carácter personal
En lo referente a los datos de carácter personal, se estará a lo establecido en el apartado 16, de las Bases Generales citadas anteriormente.
Décima cuarta. Recursos
En lo referente a impugnaciones, se estará a lo establecido en el apartado 17, de las Bases Generales citadas anteriormente.
BASES ESPECÍFICAS DE CONVOCATORIA POR LAS QUE SE REGIRÁ
EL PROCESO SELECTIVO PARA LA COBERTURA DE DOS PLAZAS
DE PEÓN DE RECOGIDA DE RESIDUOS URBANOS, PERSONAL LABORAL
DE LA MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS VALLE NORTE DEL LOZOYA
EN EL MARCO DE LOS PROCEDIMIENTOS DIFERENCIADOS
EXTRAORDINARIOS DE ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL
1.1. Objeto de la convocatoria.—Es objeto de la presente convocatoria la cobertura
en propiedad, por el procedimiento diferenciado extraordinario de estabilización de empleo
temporal, mediante el sistema de concurso oposición, de dos plazas de Peón de Recogida
de Residuos, como personal laboral, perteneciente a la Oferta de Empleo Público, publicada en fecha 23 de mayo de 2022.
Estas plazas se encuentran incluida en los procedimientos diferenciados extraordinarios de estabilización de empleo temporal aprobados al amparo de lo establecido en la
Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
1.2. Características.—Las plazas convocadas corresponden a dos plazas de personal
laboral Peón de Recogida de Residuos Urbanos, asimilada a la escala de Administración General, Grupo Escala Profesional, Subgrupo AP (Peón de Recogida, retribución
anual 17.060,70 euros, por todos los conceptos, para el año 2022, en el caso de que se
apruebe la subida adicional del 1,5 por 100 para 2022, antes de la resolución del proceso, se incluirá en las retribuciones) de los establecidos en el artículo 76 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Le-

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Primera. Objeto de la convocatoria y características de la plaza