Mancomunidad de Servicios Valle Norte del Lozoya (BOCM-20221201-110)
Ofertas de empleo. Convocatoria procesos selectivos
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 286

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 1 DE DICIEMBRE DE 2022

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No serán tenidos en cuenta los méritos que no queden alegados y acreditados en el plazo y forma anteriormente mencionados, sin perjuicio de que el Tribunal pueda solicitar la
ampliación de documentación si considera que un mérito no se encuentra correctamente
acreditado.
Quinta. Tribunal de selección
En lo referente al tribunal de selección se estará a lo establecido en el apartado 8, de
las Bases Generales citados anteriormente.
Sexta. Admisión de aspirantes y orden de actuación
En lo referente a la admisión de aspirantes y orden de actuación se estará a lo establecido en el apartado 7, de las Bases Generales citadas anteriormente
Séptima. Procedimiento de selección y desarrollo de las pruebas selectivas
7.1. Los procesos de selección se realizarán a través del sistema de concurso de
valoración de méritos, en donde los méritos profesionales serán un 60 por 100 de la valoración de la fase del concurso y los méritos académicos y de formación supondrán el 40
por 100 de la valoración de la fase de concurso, del total de la puntuación máxima.
7.2. Desarrollo de la fase de concurso en el procedimiento extraordinario de estabilización (una plaza):
A) Valoración méritos

2.a Parte: Valoración formación: 40 puntos máximos.
Cursos de formación y perfeccionamiento: Únicamente se valorarán acciones formativas, titulación de formación profesional, universitarias y titulaciones de Expertos y Máster Universitarios debidamente acreditadas que versen sobre materias
directamente relacionadas con las funciones propias del puesto convocado, impartidos por Centros Oficiales y demás Administraciones Públicas, y centros
acogidos al Plan de Formación continua de las Administraciones Públicas, Universidades o Colegios Profesionales, o bien por cualquier organismo público o
privado siempre que hayan sido oficialmente reconocidos, y que se acrediten mediante título, certificado o diploma, hasta un máximo de 40 puntos.
Cada curso se valorará de la siguiente manera:
— Por haber realizado cursos de entre 5 horas y menos de 10 horas: 0,25 puntos
por curso.
— Por haber realizado cursos de entre 10 horas y menos de 30 horas: 3 puntos
por curso.
— Por haber realizado cursos de entre 30 horas y menos de 50 horas: 4 puntos
por curso.

BOCM-20221201-110

1.a Parte: Valoración experiencia: 60 puntos máximo.
a) Servicios prestados en la plaza de Mecánico de Taller de la Mancomunidad de
Servicios Valle Norte del Lozoya objeto de consolidación en la presente convocatoria, como personal laboral, a razón de 8 puntos por cada año de servicio
completo y de 4 puntos por fracción superior a seis meses, al tratarse de procesos
de estabilización de empleo temporal y consolidación de empleo temporal conforme
a lo previsto en la disposición transitoria cuarta del Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público, hasta el máximo de 60 puntos.
b) Servicios prestados en otras administraciones públicas, como funcionario interino
o personal laboral, con categoría de Mecánico de Taller (C2) a razón de 2 puntos
por cada año de servicio completo y 1 punto por fracción superior a seis meses,
hasta el máximo de 20 puntos.
La experiencia profesional se acreditará mediante certificado de servicios prestados
emitido por la administración correspondiente, indicando puesto de trabajo desempeñado y
sus funciones, tipo de contratación o nombramiento, período de tiempo.
Los aspirantes que trabajen en la Mancomunidad de Servicios Valle Norte del Lozoya
no tendrán que acreditar experiencia en la misma, pues será justificada de oficio ante el Tribunal de Selección, por el Secretario-Interventor.