D) Anuncios - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221201-34)
Convenio –  Convenio de colaboración de 20 de octubre de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades) y la Universidad Camilo José Cela para el desarrollo del Prácticum de los alumnos de los grados de Magisterio, Pedagogía y Psicología, matriculados en Facultades y Escuelas Universitarias de formación del profesorado en centros de la Comunidad de Madrid durante el curso 2022/2023
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B.O.C.M. Núm. 286

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 1 DE DICIEMBRE DE 2022

La Consejería de la Comunidad de Madrid y la Universidad Camilo José Cela se informan recíprocamente de que los datos personales que se recogen en virtud de este convenio, incluidos los datos del personal al servicio de una de las partes a los que la otra pueda
tener acceso durante el desarrollo del mismo, serán tratados por la Consejería de la Comunidad de Madrid o por la Universidad Camilo José Cela respectivamente, como responsables del tratamiento, con la única finalidad de gestionar la relación del presente convenio.
— Por lo que respecta a los datos personales tratados por la Comunidad de Madrid serán tratados e incorporados a la actividad de tratamiento Prácticas universitarias
en centros educativos de la Comunidad de Madrid para alumnos que realizan el
prácticum del Máster o de Grado), cuya finalidad es Impartir mediante convenios
de colaboración con las universidades las prácticas en centros educativos madrileños correspondientes a la asignatura de prácticas externas que deben realizar los
alumnos para la obtención del Máster en Profesorado de Educación Secundaria
Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas y de
la Formación equivalente y las prácticas de los Grados de Magisterio, Pedagogía
y Psicología, matriculados en Facultades y Escuelas Universitarias de Formación
del Profesorado, y cuya base legal es RGPD 6.1.e) el tratamiento es necesario para
el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.
Los datos de carácter personal no serán comunicados a terceros, salvo cuando se
cedan a encargados de tratamiento autorizados o a otros organismos o Administraciones Públicas conforme a lo previsto legalmente.
— Por lo que respecta a los datos personales tratados por la Universidad Camilo José
Cela serán tratados e incorporados a la actividad de tratamiento Prácticas y Empleo, cuya finalidad es la Gestión de prácticas de empleo y cuya base legal es:
• Art. 6.1.b RGPD: Tratamiento necesario para la ejecución de un contrato en el
que el interesado es parte.
• Art. 6.1.c RGPD: Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento.
• Art 9.2.b RGPD: Tratamiento necesario para el cumplimiento de obligaciones
en el ámbito del Derecho laboral y de la seguridad y protección social.
Los datos personales podrán ser comunicados a Organizaciones o personas directamente relacionadas con el responsable. Además, pueden ser cedidos a encargados de tratamiento autorizados o a otros organismos o Administraciones Públicas
conforme a lo previsto legalmente.
En ambos casos, la intervención de encargados de tratamiento requerirá el consentimiento de ambas partes y la suscripción del correspondiente acuerdo de encargo conforme
a lo previsto en el artículo 28 del RGPD.
Los datos personales se conservarán mientras sean necesarios para la finalidad para la
que han sido recabados y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran
derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos.
Cada parte será responsable de atender las solicitudes de ejercicio de derechos establecidos en los artículos 15 a 22, ambos inclusive, del RGPD, y las reclamaciones, en su caso,
a las mismas, que correspondan a tratamientos en los que ostenten la consideración de responsable del tratamiento, debiendo colaborar entre sí para la adecuada atención y satisfacción de los derechos de los interesados.
Las partes mantendrán la confidencialidad en el tratamiento de todos los datos personales facilitados por cada una de ellas y de la información, de cualquier clase o naturaleza,
resultante de la ejecución del presente convenio.
Las partes firmantes están obligadas a implantar medidas técnicas y organizativas necesarias que garanticen la seguridad e integridad de los datos de carácter personal y eviten
su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
Octava
Financiación
El presente convenio no conlleva obligaciones financieras o contraprestación económica para ninguna de las partes.

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BOCM-20221201-34

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