Fuentidueña de Tajo (BOCM-20221130-71)
Ofertas de empleo. Bases generales procesos selectivos
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 285

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 30 DE NOVIEMBRE DE 2022

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nica de este Ayuntamiento y en el tablón de anuncios para mayor difusión y se elevará al
órgano competente la propuesta de contratación de los aspirantes seleccionados, en número no superior al de plazas convocadas.
Los aspirantes propuestos acreditarán ante la Administración, dentro del plazo de diez
días hábiles desde la publicación en la sede electrónica de este Ayuntamiento y tablón de
anuncios, los documentos justificativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.
Como medida de agilización, de acuerdo con lo previsto en la disposición adicional
cuarta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la
temporalidad en el empleo público y el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las
Administraciones Públicas, los interesados no tendrán que aportar datos o documentos que
ya hayan sido aportados por el interesado al Ayuntamiento. A estos efectos, el interesado
deberá indicar en qué momento presentó los citados documentos.
Quienes, dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen
la documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de
la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
Finalizado el plazo anterior, se procederá a la formalización del correspondiente contrato de trabajo y la incorporación al puesto de trabajo dentro del plazo de un mes. Podrá
establecerse la superación del período de prueba que corresponda de acuerdo con la normativa laboral, con lo que se culmina el proceso y el trabajador adquirirá la condición de empleado público.
Formalizado el contrato se deberá comunicar a la oficina pública de empleo que corresponda, en el plazo de diez días siguientes a su concertación; asimismo, se deberá informar a la representación legal de los trabajadores, mediante entrega de una copia básica de
los contratos celebrados.
Novena. Incompatibilidades
Los aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su caso, al cumplimiento de las prescripciones contenidas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del
Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, y demás normativa aplicable.

Las presentes bases generales, que han sido aprobadas por decreto de Alcaldía de
fecha que agota la vía administrativa, podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
Contra estas bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición previo al contencioso-administrativo en el plazo de un mes
ante la Alcaldía Presidencia , o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos
meses ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, o a su elección, el
que corresponda a su domicilio, a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio
correspondiente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En lo no previsto en las bases, será de aplicación el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30
de octubre; la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local aprobado
por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; y el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de las Administración General del Estado y de Provisión de
Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, con carácter supletorio.
DISPOSICIÓN FINAL
Entrada en vigor
Las presentes bases entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID”.

BOCM-20221130-71

Décima. Régimen de recursos