Ajalvir (BOCM-20221130-53)
Ofertas de empleo. Bases generales proceso selectivo
13 páginas totales
Página
BOCM
B.O.C.M. Núm. 285

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 30 DE NOVIEMBRE DE 2022

Pág. 193

inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al
empleo público.
g) Tasa: haber abonado la correspondiente tasa que se determinará en las correspondientes bases específicas.
h) Otros requisitos que, en su caso, puedan exigirse en las correspondientes bases específicas.
2.2. Los aspirantes que concurran por el cupo de reserva de discapacidad, además de
reunir los requisitos generales exigidos en el presente apartado, deberán tener legalmente reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100. Esta circunstancia deberá
acreditarse convenientemente por el aspirante.
2.3. Todos los requisitos enumerados en esta base deberán poseerse el día que finalice el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse en el momento de ser llamado para
la cobertura del puesto de trabajo y consiguiente toma de posesión.
3.1. Para participar en los correspondientes procesos selectivos se deberá cumplimentar
el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas del Ayuntamiento de Ajalvir,
que deberá ir acompañado del justificante que acredite el abono de la tasa por derechos de examen, la titulación exigida en las bases específicas y la acreditación de los méritos alegados.
3.2. Forma de presentación: Las solicitudes de participación en el procedimiento selectivo se cursarán en el modelo oficial de instancia, que se facilite gratuitamente en:
— El Registro General del Ayuntamiento.
— En la página web municipal (sede electrónica): https://www.villadeajalvir.es
3.3. Lugar de presentación: Las instancias para de solicitud en los procesos selectivos deberán presentarse, dirigidas al Presidente de la Corporación, en el Registro General
del Ayuntamiento de Ajalvir o en cualquiera de los lugares y formas que se determinan en
el artículo 16 de la LPACAP.
3.4. Plazo de presentación: El plazo de presentación de las solicitudes será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”. En dicho extracto figurará la oportuna referencia al
número y fecha del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en el que se hubiese publicado íntegramente, con carácter previo, las correspondientes bases específicas.
Si el último día de presentación de instancias fuera sábado o inhábil, el plazo se entenderá automáticamente prorrogado al día hábil inmediatamente posterior a la citada fecha.
3.5. Documentación: La documentación para ser admitido y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas correspondientes, las personas aspirantes manifestarán en sus
solicitudes de participación que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en el
apartado anterior, y en las bases específicas de cada convocatoria, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias, debiendo ir acompañadas en su
presentación, por los siguientes documentos:
a) Solicitud de participación (instancia normalizada) debidamente cumplimentada.
b) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o pasaporte o cualquier otro documento acreditativo de la nacionalidad. El documento que se presente habrá de
encontrarse en vigor.
c) Recibo de haber abonado los derechos de examen correspondientes según lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Derechos de Examen del
Ayuntamiento de Ajalvir, que se hará efectivo mediante autoliquidación, a través
de la página web municipal, apartado “sede Electrónica”. Asimismo, el departamento de personal, y el Registro General, pondrá a disposición de los participantes una copia de la referida documentación.
El cumplimiento de este requisito deberá realizarse inexcusablemente dentro del
plazo de presentación de instancias, no siendo posible la subsanación, ni total ni
parcial del mismo, fuera de dicho plazo, admitiéndose exclusivamente en fase de
subsanación la acreditación de su realización en el plazo indicado.
De conformidad con la Ordenanza Fiscal Reguladora de dicha Tasa, se aplicará una
reducción sobre las tarifas del cincuenta por ciento a los siguientes sujetos pasivos:
1. Demandantes de empleo con una antigüedad mínima de tres meses, referida a
la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria de pruebas selectivas en el “Boletín Oficial del Estado”.

BOCM-20221130-53

3. Presentación de solicitudes de participación