D) Anuncios - Consejería de Transportes e Infraestructuras - O. A. CONSORCIO REGIONAL DE TRANSPORTES PÚBLICOS REGULARES DE MADRID (BOCM-20221130-47)
Convenio –  Convenio de colaboración de 11 de julio de 2022, entre la Comunidad de Madrid y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para la renovación de la utilización de los títulos de abono transportes del Consorcio Regional de Transportes de Madrid en los desplazamientos entre ambas Comunidades Autónomas en el período 2022-2023
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 30 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 285

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Transportes e Infraestructuras
O. A. CONSORCIO REGIONAL DE TRANSPORTES PÚBLICOS
REGULARES DE MADRID
47

CONVENIO de colaboración de 11 de julio de 2022, entre la Comunidad de
Madrid y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para la renovación
de la utilización de los títulos de abono transportes del Consorcio Regional de
Transportes de Madrid en los desplazamientos entre ambas Comunidades Autónomas en el período 2022-2023.
En Madrid, a 11 de julio de 2022.
REUNIDOS

De una parte, doña Isabel Natividad Díaz Ayuso, Presidenta de la Comunidad de
Madrid, cargo para la que fue designada por Real Decreto 439/2021, de 18 de junio, y habilitada para este acto por el artículo 7.b) de la Ley 1/1983, de Gobierno y Administración
de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.1 del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de
Madrid.
De otra, don Emiliano García-Page Sánchez, Presidente de la Junta de Comunidades
de Castilla-La Mancha, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 418/2019, de 4
de julio, y habilitado para este acto por el artículo 5.b) de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.
Reconociéndose ambas partes la capacidad suficiente para la realización de este acto,

Que la Comunidad de Madrid puede celebrar convenios de cooperación con otras Comunidades Autónomas, en especial con las limítrofes, para la gestión y prestación de servicios propios de la competencia de las mismas, de conformidad con lo establecido en el artículo 31 de su Estatuto de Autonomía. Por otra parte, tiene competencia exclusiva en
materia del transporte terrestre que transcurra íntegramente por su territorio.
Que, por su parte, la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha está facultada para
celebrar convenios en idénticos términos a los expuestos, de conformidad con lo establecido en el artículo 40 de su Estatuto de Autonomía. Igualmente, tiene atribuida la competencia exclusiva en materia de transporte terrestre cuyo itinerario se desarrolle íntegramente en
el territorio de la Región, según determina el artículo 31.4.a del Estatuto de Autonomía.
Que, por otra parte, desde 2001 funcionó a satisfacción de ambas partes el convenio
suscrito el 22 de noviembre de 2000, regulador de las condiciones de utilización de los títulos de Abono Transportes creados expresamente entonces, con el objeto de facilitar los
desplazamientos entre diversas poblaciones de las Comunidades de Castilla-La Mancha y
Madrid.
Dicho convenio fue renovado para mantener su continuidad en el año 2007, por un
nuevo acuerdo que se mantuvo en vigor en dicho ejercicio. Posteriormente, en virtud del
convenio de 17 de octubre de 2011, se acordó la renovación de la utilización de los títulos
de Abono Transportes del Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de
Madrid (en adelante el Consorcio) en los desplazamientos entre ambas Comunidades durante el período comprendido entre los años 2008 a 2011, ambos incluidos.
El día 2 de julio de 2013 se suscribió un nuevo convenio para la renovación de la utilización de los títulos de Abono Transportes del Consorcio en los desplazamientos entre
ambas Comunidades, para el período que abarca los años 2012 y 2013.

BOCM-20221130-47

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