Valdemorillo (BOCM-20221129-93)
Régimen económico. Período voluntario pago
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 284

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 29 DE NOVIEMBRE DE 2022

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BOCM-20221129-93

telemática mediante el enlace recogido en la página web del Ayuntamiento o con datáfono
en la Oficina Municipal de Recaudación sita en la plaza de la Constitución, número 1.
Quinto.—Que, transcurrido el plazo de puesta a disposición del contenido de cada una
de las listas:
a) En caso de que no hubieran sido presentadas alegaciones, se considerarán aprobadas las correspondientes liquidaciones, sin necesidad de nueva resolución.
b) En caso de que hubieran sido presentadas alegaciones, se procederá a emitir nueva
resolución en la que se aprobarán las liquidaciones afectadas en el sentido que se
estime.
Sexto.—Que las liquidaciones aprobadas de acuerdo con lo anteriormente señalado
podrán ser recurridas en reposición, conforme al artículo 14.2 del texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo. El plazo para recurrir será de un mes y se computará:
a) Respecto de las liquidaciones que no hubiesen sido objeto de alegaciones, a partir
del día siguiente al del término del período de puesta a disposición del contenido
de cada una de las listas.
b) Respecto de las liquidaciones hubieran sido objeto de alegaciones, a partir del día
siguiente al de la notificación expresa de la resolución finalmente adoptada.
Séptimo.—Que, transcurrido el plazo de pago en período voluntario, las deudas serán
exigidas por el procedimiento de apremio, devengándose el correspondiente recargo del período ejecutivo de acuerdo con el artículo 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, el interés de demora previsto en el artículo 26 de la misma y, en su caso, las
costas.
El presente acuerdo podrá ser, igualmente, recurrido en reposición, conforme al artículo 14.2 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. El plazo para recurrir será de un mes y se
computará a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Valdemorillo, a 22 de noviembre de 2022.—El alcalde-presidente, Santiago Villena
Acedos.
(01/22.492/22)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791