Fresno de Torote (BOCM-20221129-77)
Organización y funcionamiento. Reglamento orgánico
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
21 páginas totales
Página
BOCM
Pág. 318

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 29 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 284

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
77

FRESNO DE TOROTE
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Acuerdo del Pleno de fecha 30 de junio de 2022, por el que se aprueba Reglamento Orgánico Municipal.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público,
queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la
Ordenanza municipal reguladora de matrimonios civiles y ordenanza fiscal reguladora de
la tasa por celebración de matrimonio civil, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
REGLAMENTO ORGÁNICO MUNICIPAL DEL AYUNTAMIENTO
DE FRESNO DE TOROTE
TÍTULO PRELIMINAR
DISPOSICIONES GENERALES

BOCM-20221129-77

Artículo 1. El Ayuntamiento, ejerciendo la potestad reglamentaria y de autorganización que otorgan los artículos 4 y 20.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases de Régimen Local, el artículo 24.b) del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local aprobado por Real Decreto 781/1986, de 18 de
abril, y el artículo 4 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico
de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, regula la organización y el régimen de funcionamiento del Ayuntamiento [y la Legislación autonómica correspondiente].
Art. 2. El presente Reglamento tiene por objeto regular la organización y el régimen
de funcionamiento de los Órganos de Gobierno y Administración de este Municipio.
Art. 3. Los preceptos de este Reglamento se aplicarán preferentemente siempre que
no vayan en contra de disposiciones de rango legal que sean de obligado cumplimiento,
teniendo en cuenta que la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local, tiene carácter básico, e, igualmente, los artículos 1, 2, 3.2, 18, 22, inciso primero,
25, 26, 34, 48, 49, 50, 52, 54, 56, 57, 58, 59, 69 y 71 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local aprobado por Real Decreto 781/1986,
de 18 de abril.
Art. 4. El Ayuntamiento tiene la potestad de gobierno y administración municipal,
siendo órganos necesarios del Ayuntamiento:
— El Alcalde.
— Los Tenientes de Alcalde.
— El Pleno.
— La Junta de Gobierno Local.
— La Comisión Especial de Cuentas.
Son órganos complementarios del Ayuntamiento:
— Los Concejales Delegados.