B) Autoridades y Personal - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221129-2)
Integración profesorado –  Resolución de 22 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convoca procedimiento para la integración del profesorado del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 29 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 284

Segunda
Normativa aplicable
Al presente procedimiento le serán de aplicación las disposiciones siguientes:
— Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
— Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
— Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la violencia.
— Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de Ordenación e Integración de la Formación Profesional.
— Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril
de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se
deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos).
— Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad
de Madrid.
— Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.
— Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid.
— Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
— Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
— Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
— Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de
ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los Cuerpos docentes
a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula
el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada Ley.
— Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre, por el que se definen las condiciones
de formación para el ejercicio de la docencia en la educación secundaria, el bachillerato, la formación profesional y las enseñanzas de régimen especial y se establecen las especialidades de los Cuerpos Docentes de Enseñanza Secundaria.
— Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, en aquello que resulte de aplicación, por
el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la
Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del
Estado.
— Real Decreto 800/2022, de 4 de octubre, por el que se regula la integración del
profesorado del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, y se modifican diversos reales decretos relativos al profesorado de enseñanzas no universitarias.
— Las demás disposiciones de carácter general que sean de aplicación, así como las
bases contenidas en la presente convocatoria, a las que quedan sometidas, tanto
los aspirantes como la Administración y el Tribunal.
Tercera
Podrán solicitar integrarse en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria el profesorado de las especialidades del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional que se relacionan en el Anexo I de la presente convocatoria.
Asimismo, en virtud de lo dispuesto en la disposición transitoria quinta del Real Decreto 800/2022, de 4 de octubre, también podrán solicitar la integración en el Cuerpo de
Profesores de Enseñanza Secundaria, a los solos efectos del desarrollo del proceso de integración a que se refiere la disposición adicional undécima de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de
diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, el
profesorado de las especialidades de Cocina y pastelería, Estética, Fabricación e instalación de
carpintería y mueble, Mantenimiento de vehículos, Mecanizado y mantenimiento de máquinas, Patronaje y confección, Peluquería, Producción en artes gráficas, Servicios de restauración, y Soldadura, del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional.

BOCM-20221129-2

Especialidades que pueden solicitar la integración