D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20221129-43)
Convenio –  Convenio de 8 de noviembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación Madrileña de Pelota, para la colaboración en la utilización de espacios deportivos en el “Parque Deportivo Puerta de Hierro”, situado en el “Monte de El Pardo”
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 284

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 29 DE NOVIEMBRE DE 2022

Pág. 277

Cuarto
Que la condición novena del contrato de arrendamiento 30 de diciembre de 2013, dispone que “El Instituto Madrileño del Deporte no podrá ceder, ni traspasar, total o parcialmente el objeto arrendado, ni destinarlo a uso distinto del que se especifica en la anterior
condición primera” (que determina que el uso será de actividades deportivas y recreativas).
La referencia al Instituto Madrileño del Deporte se debe entender hecha a la Comunidad de
Madrid
No obstante ello, la parte arrendataria podrá ceder a terceras personas la explotación
de las instalaciones, siendo siempre dicha parte, la única responsable de cuanto pudiera
acontecer sobre las cesiones en cuestión.
Quinto
Que según lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del
Deporte de la Comunidad de Madrid, las federaciones deportivas son entidades privadas sin
ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia, que además de sus propias atribuciones,
ejercen, por delegación, funciones públicas de carácter administrativo, actuando en este
caso, como agentes colaboradores de la Administración Pública, para la consecución de sus
objetivos.
Sexto
Que el artículo 21.3, d) de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, establece como competencia de la Comunidad de Madrid, acordar con las federaciones sus objetivos y programas deportivos suscribiendo al efecto los correspondientes convenios. Tales convenios tendrán naturaleza jurídico-administrativa.
Séptimo
Que la Federación ostenta la representación oficial exclusiva del deporte pelota en el
territorio de la Comunidad de Madrid a efectos públicos.
Octavo
Que la Federación no dispone de una instalación adecuada donde establecer su sede.
Noveno
Que el “Parque Deportivo Puerta de Hierro” cuenta con espacios deportivos para la
práctica del deporte de pelota y con instalaciones idóneas para el establecimiento de la sede
de la Federación.
Por todo lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio de colaboración que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto del convenio

Segunda
Edificaciones y espacios deportivos
Los locales e instalaciones incluidos en el ámbito del convenio son:
1. Local de oficinas de 59,53 m2, situado en uno de los edificios del Parque Deportivo Puerta de Hierro.

BOCM-20221129-43

El presente convenio tiene por objeto establecer las condiciones que van a regir la colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Dirección General de Deportes, y
la Federación para la utilización por esta de las edificaciones y espacios deportivos ubicados en el “Parque Deportivo Puerta de Hierro” descritos en la cláusula segunda para el cumplimiento de sus objetivos y programas deportivos de la Federación.