C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20221128-15)
Plan estratégico subvenciones –  Orden de 18 de noviembre de 2022, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones, gestionadas por la Dirección General del Servicio Público de Empleo de la Comunidad de Madrid, para el año 2023
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 283

LUNES 28 DE NOVIEMBRE DE 2022

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4. Fuentes de financiación y coste previsible
La financiación de las subvenciones se efectuará con fondos de empleo de ámbito nacional, distribuidos para su gestión por la Comunidad de Madrid, de conformidad con la
Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales.
El presupuesto estimado para este programa en 2023 es de 3.000.000 euros.
5. Plazo de ejecución
Anual.
6. Efectos y resultados perseguidos
Favorecer la integración laboral de personas en riesgo o situación de exclusión social
mediante su participación en itinerarios personalizados de inserción.
Se prevé alcanzar un número de 2.406 personas destinatarias.
7. Contribución a los Objetivos de Desarrollo Sostenible
El programa contribuirá al cumplimiento de los siguientes ODS:
5. Igualdad de género.
8. Trabajo decente y crecimiento económico.
10. Reducción de las desigualdades.
8. Procedimiento de concesión
Procedimiento simplificado de concurrencia competitiva.
9. Indicadores específicos
— Número total de participantes destinatarios.
— Número total de participantes que completan el itinerario de inserción.
SUBVENCIONES PARA LA INTEGRACIÓN LABORAL PARA PERSONAS
EN RIESGO O SITUACIÓN DE EXCLUSIÓN SOCIAL MEDIANTE
AYUDAS A LAS EMPRESAS DE INSERCIÓN
1. Objetivos que se pretenden alcanzar
Apoyar la creación y mantenimiento de empresas de inserción, a efectos de que puedan
cumplir su función social de facilitar la inserción de las personas en situación de exclusión en
el mercado de trabajo ordinario. Para ello, el programa incluye las siguientes ayudas:
a) Ayuda 1. Subvención a la creación y/o mantenimiento de puestos de trabajo.
b) Ayuda 2. Subvención a la contratación y/o mantenimiento de personal técnico.
c) Ayuda 3. Subvención a la gerencia de empresas de inserción.
d) Ayuda 4. Subvención a la inversión fija vinculada a la creación de nuevos puestos
de trabajo.

Podrán acogerse a las ayudas establecidas en estas bases reguladoras:
a) Las empresas de inserción con centro de trabajo en la Comunidad de Madrid que
cumplan con lo establecido en la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación
del régimen de empresa de inserción, y que se encuentren inscritas y calificadas por
el Registro Administrativo de Empresas de Promoción e Inserción Laboral subvencionables por la Comunidad de Madrid. También podrán solicitar las ayudas las empresas de inserción en proceso de calificación que hubieran solicitado la misma con
carácter previo a la publicación de la convocatoria, aunque no podrá concederse la
subvención en tanto no obtengan la calificación en el citado Registro. Las empresas
de inserción podrán optar a cualquiera de las ayudas contenidas en el apartado 1.
b) Las entidades promotoras de empresas de inserción, de acuerdo con la definición
recogida en el artículo 6 de la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación
del régimen de empresa de inserción, con ámbito territorial de actuación en la Comunidad de Madrid, que lleven a cabo programas de integración laboral de colectivos en situación de exclusión social en el ámbito territorial de la Comunidad de
Madrid. Las entidades promotoras de empresas de inserción podrán optar a las
Ayudas 2 y 3 definidas en el apartado 1.

BOCM-20221128-15

2. Beneficiarios