C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20221128-15)
Plan estratégico subvenciones –  Orden de 18 de noviembre de 2022, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones, gestionadas por la Dirección General del Servicio Público de Empleo de la Comunidad de Madrid, para el año 2023
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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LUNES 28 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 283

9. Indicadores específicos
— Número de personas que han recibido apoyo, desagregada por colectivo destinatario.
— Número de unidades de apoyo subvencionadas.
7.

PROGRAMAS DE SUBVENCIONES PARA LA INTEGRACIÓN LABORAL
DE PERSONAS EN RIESGO O SITUACIÓN DE EXCLUSIÓN SOCIAL
Recogidos en las medidas 18 y 19 de la Estrategia Madrid por el Empleo.

SUBVENCIONES PARA LA INTEGRACIÓN LABORAL PARA PERSONAS
EN RIESGO O SITUACIÓN DE EXCLUSIÓN SOCIAL MEDIANTE ITINERARIOS
DE INSERCIÓN EN COLABORACIÓN CON ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO
1. Objetivos que se pretenden alcanzar
Favorecer la integración laboral de personas en riesgo o situación de exclusión social
mediante itinerarios personalizados de inserción.
2. Beneficiarios
Podrán acogerse a estas subvenciones las entidades jurídicas privadas sin ánimo de lucro, con ámbito territorial de actuación en la Comunidad de Madrid, que lleven a cabo programas de integración laboral de colectivos en situación o riesgo de exclusión social en el
ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, con una experiencia en este tipo de actuaciones de al menos dos años.
3. Personas destinatarias
Las personas destinatarias de las actuaciones deberán ser personas desempleadas e inscritas en los servicios públicos de empleo y encontrarse en situación o riesgo de exclusión
social conforme a lo establecido en el artículo 5.d) del Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre, de programas comunes del Sistema Nacional de Empleo, que comprende a:

a) Personas perceptoras de rentas mínimas de inserción o del ingreso mínimo vital, a excepción de aquellas que simultáneamente estén participando en itinerarios laborales promovidos por las Administraciones u organismos públicos
competentes en la concesión de dichas rentas o ingreso.
b) Personas en desempleo de muy larga duración.
c) Jóvenes que no hayan finalizado el período de escolaridad obligatoria y se encuentren en situación de desempleo.
d) Personas drogodependientes que se encuentren en proceso de rehabilitación y
reinserción social.
e) Personas internas de centros penitenciarios y personas ex reclusas en situación de desempleo.
f) Minorías étnicas, inmigrantes o personas con responsabilidades familiares no
compartidas y en situación o riesgo de exclusión.
g) Las personas con discapacidad que presentan mayores dificultades de acceso
al mercado de trabajo, las mujeres víctimas de violencia de género y las víctimas de trata de seres humanos, según lo previsto en el artículo 5, apartados
c), e) y f) del Real Decreto 818/2021, respectivamente. De igual modo, podrán ser destinatarias de este programa las personas trans que así lo acrediten
con arreglo a la normativa vigente.
h) Cualquier otro colectivo o personas que, en atención a sus características y situación socioeconómica, el servicio público de empleo o servicios sociales
considere en situación de riesgo o exclusión social.

BOCM-20221128-15

I. Quienes se hallen incluidas en algunos de los colectivos señalados en el artículo 2.1 de
la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de
inserción.
II. Las personas desempleadas con especiales dificultades para su inclusión en el
mercado de trabajo ordinario que se encuentren incluidas en algunos de los siguientes colectivos señalados en el artículo 59 del Real Decreto 818/2021: