D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20221128-55)
Convenio –  Convenio de 3 de octubre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de las Consejerías de Cultura, Turismo y Deporte, y de Familia, Juventud y Política Social, la Fundación Querer y la Fundación Club Atlético de Madrid, para la colaboración en la realización del Proyecto “Curso de Fútbol Terapéutico II” destinado al trabajo motor con niños con trastornos neurológicos y discapacidad intelectual
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 283

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 28 DE NOVIEMBRE DE 2022

Pág. 257

Decimoprimera
Protección de datos
Las partes se comprometen a cumplir con la legislación vigente en materia de protección de datos y cada una de las partes asumirá la responsabilidad en que, por este concepto, pueda incurrir.
En particular, si la colaboración objeto del presente Convenio implicase el tratamiento de datos personales, las partes declaran expresamente que conocen y quedan obligadas a
cumplir en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales, y cualquier otra normativa que pueda sustituir, modificar o complementar a la mencionada en materia de protección de datos de carácter personal durante la vigencia del presente Convenio.
Especialmente, las partes se comprometen al cumplimiento de las obligaciones relacionadas con el deber de información a los titulares de los datos personales, con el deber de
confidencialidad, con las medidas de seguridad, y con la notificación de brechas de seguridad que pudieran producirse, así como al cumplimiento de las que se contengan en el correspondiente acuerdo de encargo de tratamiento a firmar entre el responsable del tratamiento y el encargado del mismo, si lo hubiera.
Estas obligaciones deberán ser conocidas por todos aquellos que pudieran participar
en las actuaciones derivadas del presente Convenio, comprometiéndose las partes a informar a los mismos.
Decimosegunda
Compliance
La Fundación Club Atlético de Madrid promueve la honestidad, integridad y la imparcialidad en todos los aspectos relativos a sus fines fundacionales, desarrollándolos de acuerdo con el estricto cumplimiento de la legislación nacional que le resulta de aplicación.
La Comunidad de Madrid y la Fundación Querer declaran y garantizan que comprenden y respetarán en todo momento, tanto por sí mismos como por sus colaboradores el contenido del “Código Ético” aplicable a la Fundación Club Atlético de Madrid, disponible en
el siguiente enlace https://www.atleticodemadrid.com/pdf/codigo_etico_catm.pdf y acuerdan cumplir con las obligaciones establecidas en el presente Convenio en concordancia con
los principios establecidos en el mismo.
En todo momento la Comunidad de Madrid y la Fundación Querer asumen la obligación de cumplir en su totalidad la normativa y leyes que les sean aplicables incluyendo, a
título ejemplificativo y no limitativo, las leyes de anticorrupción y prevención de blanqueo
de capitales vigentes en el territorio donde la Comunidad de Madrid y la Fundación Querer
colaboran con la Fundación Club Atlético de Madrid.
Asimismo, la Comunidad de Madrid y la Fundación Querer declaran que no han hecho, y se comprometen a no hacer, en conexión con la ejecución de este Convenio, directa
o indirectamente promesas, autorizaciones, ratificaciones u ofertas de hacer, o realizar cualquier acto o pago con el propósito de influenciar, inducir o premiar cualquier acto, omisión
o decisión para asegurar una ventaja indebida; o ayudar inapropiadamente a la Fundación
Club Atlético de Madrid para la obtención o retención de beneficios, o en cualquier forma
con el propósito o efecto de cohecho o corrupción entre particulares.
Decimotercera
El presente Convenio se haya excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de
noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE,
de 26 de febrero de 2014, en virtud de lo establecido en el artículo 6.2 de la misma, quedando
sujeto a las normas de derecho público que regulan los convenios, y en concreto, a lo dispuesto en el Decreto 48/2019, de 10 de junio, y en el capítulo VI del título preliminar de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre.

BOCM-20221128-55

Naturaleza y jurisdicción