D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20221125-44)
Convenio –  Convenio de 5 de octubre de 2022, entre la Comunidad de Madrid y Radio Televisión Madrid, S. A. U., para impulsar una visión positiva sobre “La Semana del Emprendimiento”, así como sobre la importancia en la economía de la región del Sector del Emprendimiento, del Sector de Trabajo Autónomo, de las Startups y Pymes
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 281

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 25 DE NOVIEMBRE DE 2022

Pág. 313

Octava
Comisión de Seguimiento
1. Para el desarrollo, concreción y seguimiento de los acuerdos aquí plasmados, ambas partes nombrarán una Comisión Mixta de Seguimiento, integrada por dos representantes de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y dos representantes de RTVM. El
funcionamiento de esta Comisión se regirá por las normas contenidas en los artículos 15 y
siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Dicha Comisión se reunirá cuantas veces sea necesario, a propuesta de una o ambas
partes con el fin de mantenerse permanentemente informadas y realizar el seguimiento de
los compromisos asumidos mediante este Convenio, así como impulsar la adopción de medidas y acciones que ambas consideren necesarias para el eficaz cumplimiento de los objetivos comunes perseguidos.
Los representantes de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo serán el Viceconsejero de Economía y el Director General de Autónomos y Emprendimiento actuará de Secretario de la Comisión. Los representantes de RTVM serán su Director Económico Financiero y Coordinación de Gestión y su Director General Corporativo y de Asesoría Jurídica.
2. La Comisión de Seguimiento actuará como órgano de seguimiento, vigilancia y
control de la ejecución de lo establecido en el Convenio. Entre otras funciones le corresponde:
— Establecer las medidas correctoras oportunas para conseguir el cumplimiento del
objetivo del Convenio.
— Aclarar las dudas y controversias que puedan originarse en la interpretación y ejecución de este Convenio.
Novena
Vigencia
El presente Convenio entrará en vigor en el momento de su firma y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2022.
Décima
Derechos de propiedad intelectual
De acuerdo con lo establecido en el Convenio de 7 de junio de 2022, cláusula cuarta,
RTVM ostentará en exclusividad, durante el tiempo máximo de protección reconocido en
la legislación vigente y sin limitación territorial, con facultad de cesión a terceros y para su
explotación en cualquier procedimiento, sistema o soporte, la totalidad de los derechos de
explotación (entre otros, comunicación pública, incluyendo la puesta a disposición, reproducción, distribución y transformación) de las producciones audiovisuales (incluyendo sus
elementos integrantes y/o derivados) realizadas al amparo de este Acuerdo.
No obstante, y de acuerdo con las condiciones que de mutuo acuerdo se establezcan,
RTVM podrá ceder a la Comunidad de Madrid los derechos de comunicación pública y reproducción de las producciones audiovisuales e imágenes cuya titularidad ostente RTVM,
todo ello durante el tiempo de vigencia de este Acuerdo y para las utilizaciones establecidas.
Undécima

El presente Convenio tiene naturaleza administrativa, rigiéndose por sus propias estipulaciones y, en lo no previsto en el mismo, se estará a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, quedando fuera del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, conforme a lo
dispuesto en los artículos 4 y 6.1, y aplicándose los principios de la Ley indicada para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse.
Las cuestiones litigiosas que surgieran en la interpretación, aplicación y cumplimiento del presente Convenio y no pudieren ser resueltas en el seno de la Comisión de
Seguimiento, quedarán sometidas a la competencia de los órganos del orden jurisdiccional contencioso-administrativo radicados en Madrid.

BOCM-20221125-44

Régimen jurídico