D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20221125-61)
Convenio –  Convenio de 27 de octubre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación Madrileña de Deportes de Discapacitados Físicos, para el desarrollo del Programa “Activa tu capacidad” 2022-2023, cofinanciado por la Unión Europea - Next Generation EU, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 281

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 25 DE NOVIEMBRE DE 2022

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Elaboración y control del calendario de actividades.
Coordinación con los técnicos de la Federación y los centros escolares.
Seguimiento y evaluación de las actividades realizadas.
Elaboración de una encuesta sobre los diferentes aspectos que componen las actividades realizadas.
— Compromiso de poner a disposición de la Federación tres cursos de formación en
materia de deporte y discapacidad, uno específico de discapacidad intelectual,
otro en discapacidad física y un tercero en parálisis cerebral. La Comunidad de
Madrid dará acceso a un técnico de la Federación a la formación de cada uno de
estos cursos.
Quinta
Comisión de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio
Al amparo de lo establecido en el artículo 49.f) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Publico, se constituye una comisión para el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del presente convenio y de las obligaciones de las partes,
cuya composición, funciones y régimen de funcionamiento serán los siguientes:
1. Composición:
Estará integrada por cinco miembros:
— El titular de la Subdirección General de Programas Deportivos, que actuará como
presidente.
— El Presidente de la Federación o persona en quien delegue.
— El titular de la Subdirección General de Gestión Deportiva, o persona en quien delegue.
— Un técnico de la Dirección General de Deportes, que actuará como secretario.
— Un técnico de la Federación, nombrado por el presidente.
2. Funciones:
— Realizar el seguimiento de las actividades relacionadas con el presente convenio.
— Proponer medidas que puedan servir para la mejor realización de las actividades
previstas.
— Resolver los problemas de interpretación y cumplimiento del convenio que pudieran plantearse.
— Cuantas otras se deriven del presente convenio.
3. Funcionamiento: la Comisión se reunirá al menos una vez durante la vigencia del
convenio y cuantas otras sean necesarias a petición de cualquiera de las partes.

Séptima
Causas de extinción
Será motivo de extinción del presente convenio el cumplimiento de las actuaciones
que constituyen su objeto o la existencia de una de las causas de resolución previstas en el
artículo 51.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Se entenderá que existe incumplimiento cuando alguna de las partes incumpla sus obligaciones de manera que no pueda desarrollarse con normalidad el programa. En tal caso, la
otra parte deberá requerirle el cumplimiento de las obligaciones que considere incumplidas
en el plazo que considere adecuado para ello, que será de un mínimo de diez días hábiles,
dando traslado a la comisión de seguimiento, vigilancia y control del convenio. Si transcurrido el plazo persistiera el incumplimiento, se notificará tal circunstancia a la otra parte y
se considerará resuelto el convenio.

BOCM-20221125-61

Sexta
Vigencia del convenio
El presente convenio producirá efectos desde el día de su firma hasta el 30 de junio de 2023,
con objeto de que la Federación pueda concluir el trabajo desarrollado y que la Dirección
General de Deportes pueda llevar a cabo la comprobación de la actividad efectivamente
realizada y proponer el pago de las cantidades correspondientes. No existe posibilidad de
prórroga.
Las partes, de mutuo acuerdo, podrán realizar las modificaciones que consideren apropiadas mediante la suscripción de la correspondiente adenda.