D) Anuncios - Consejería de Transportes e Infraestructuras - O. A. CONSORCIO REGIONAL DE TRANSPORTES PÚBLICOS REGULARES DE MADRID (BOCM-20221124-35)
Convenio –  Convenio de 28 de octubre de 2022, entre la Universidad Autónoma de Madrid, ALSA Grupo, S. L. U., la Jefatura Central de Tráfico y el Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid, para la continuación y mejora de un proyecto piloto relativo a la implantación y operación de vehículo autónomo
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 24 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 280

Sexta
Compromisos conjuntos de las partes
Las Partes se comprometen a explorar fórmulas de financiación que permitan la obtención de fondos europeos o estatales para el desarrollo de nuevas tecnologías asociadas a la
operación del vehículo autónomo, que suponga mejoras desde el punto de vista de experiencia de usuario, eficiencia operativa e infraestructura conectada.
Séptima
Financiación. Compromisos económicos de las partes
La materialización de las obligaciones del Organismo Autónomo Jefatura Central de
Tráfico descritas en la cláusula segunda, se integran dentro de su actividad y recursos ordinarios, sin que suponga un coste añadido ni se derivan nuevas obligaciones.
La materialización de las obligaciones de la UAM descritas en la cláusula tercera, se
integran dentro de su actividad y recursos ordinarios, sin que suponga un coste añadido ni
se derivan nuevas obligaciones.
La materialización de las obligaciones de ALSA descritas en la cláusula cuarta, suponen un coste estimado de 507.914 euros, con una distribución temporal por anualidades de
señalado en el cuadro siguiente:
ANUALIDAD

IMPORTE (€)

2022

164.263

2023

169.238

2024

174.413

TOTAL

507.914

La materialización de las obligaciones del CRTM descritas en la cláusula quinta, se integran dentro de su actividad y recursos ordinarios, sin que suponga un coste añadido ni se
derivan nuevas obligaciones.
Si el importe total de la actuación excediera del estimado en esta cláusula, la financiación del exceso requerirá nuevo acuerdo entre las partes, previo cumplimiento de los trámites y requisitos que sean exigibles de conformidad con la legislación vigente.
Octava
Para garantizar la debida coordinación y seguimiento de las actuaciones contempladas
en este convenio se constituirá una comisión de seguimiento. Dicha Comisión se constituirá de forma mixta y paritaria y estará compuesta por dos representantes de la UAM, dos representantes del Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico, dos representantes de
ALSA y dos representantes del CRTM. La presidencia de la Comisión corresponderá al Vicerrector de la UAM.
La Comisión Mixta será la encargada del seguimiento del presente convenio, pudiendo proponer la modificación del contenido, la evaluación del cumplimiento de las obligaciones asumidas en las cláusulas y la resolución de cualquier discrepancia o dudas que pudiera surgir de su interpretación. Será, asimismo, la encargada de proponer la solución
amistosa de las controversias que pudieran surgir en la interpretación y aplicación del convenio. En sus funciones de seguimiento le queda encomendado, además, el estudio y propuesta de los proyectos y actividades a desarrollar, para su aprobación por los órganos de
decisión que corresponda.
Esta Comisión deberá quedar constituida en el plazo máximo de un mes contado desde el día siguiente en que el convenio adquiera eficacia.
Esta Comisión se ajustará, en cuanto a su funcionamiento y adopción de acuerdos, a lo
dispuesto en el artículo 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. La Comisión
podrá establecer o completar su propio régimen jurídico de funcionamiento, debiéndose reunir cuando lo solicite alguna de las partes, y en todo caso al menos dos veces al año. Asimismo, deberá levantar acta de todas las reuniones por escrito con la firma de los representantes de todas las partes.

BOCM-20221124-35

Comisión mixta de seguimiento