Alcobendas (BOCM-20221123-62)
Organización y funcionamiento. Ordenanza reguladora Movilidad
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 279
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 23 DE NOVIEMBRE DE 2022
Pág. 383
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
62
ALCOBENDAS
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
El Pleno del Ayuntamiento de Alcobendas, en su sesión ordinaria celebrada el día 24 de
febrero de 2022, aprobó inicialmente la modificación de la Ordenanza Reguladora de la
Movilidad del Ayuntamiento de Alcobendas. Sometida la misma a Información Pública
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 71 de fecha 24 de marzo de 2022),
y tras haberse presentado reclamaciones a la misma, el Pleno del Ayuntamiento de Alcobendas en su sesión celebrada el día 27 de octubre de 2022 acordó estimar dichas alegaciones y aprobar definitivamente la Ordenanza Reguladora de la Movilidad del Ayuntamiento de Alcobendas, quedando definitivamente aprobada y procediéndose a su publicación.
Un certificado del acuerdo y el texto de la Ordenanza ha sido remitido a la Administración General del Estado y a la Comunidad de Madrid a los efectos del artículo 65 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril.
Lo que se publica en cumplimiento de lo establecido en la normativa transcrita, significando que, contra la presente aprobación definitiva, por tratarse de una disposición de carácter general, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el Plazo de dos
meses a contar desde el siguiente al de la publicación del texto íntegro en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
ORDENANZA REGULADORA DE LA MOVILIDAD
DEL AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS
PREÁMBULO
I
Alcobendas es una ciudad viva, una Gran Ciudad en la que conviven más de 120.000 personas y que presume de tener uno de los tejidos económicos más potentes de España. Su estratégica ubicación en la zona norte de Madrid, vecino privilegiado de la capital, la proximidad al Aeropuerto Adolfo Suarez, la actividad de la A-1 que la atraviesa de parte a parte, su
red de comunicaciones y todo lo que supone ser la Puerta Norte de Acceso a Madrid, sitúa a
Alcobendas en un municipio de referencia en materia de movilidad urbana e interurbana.
Alcobendas desea mantener los compromisos de Desarrollo Sostenible 2030 y es su
pretensión seguir avanzando en medidas de movilidad seguras y sostenibles que aporten la
mayor calidad de vida a sus vecinos y a todos aquellos que han encontrado en nuestra ciudad un puesto de trabajo, o un motivo cultural, económico, comercial o gastronómico para
venir a visitarnos.
El cambio modal en el transporte es un hecho constatado y sin vuelta atrás. Los desplazamientos a pie, en bici, en transporte público, la movilidad compartida y los elementos
de movilidad personal –entre otros– requieren de un marco regulador propio y moderno en
el que tengan cabida las nuevas soluciones digitales de movilidad; y todo ello con el fin de
reducir el impacto sobre la salud mediante la reducción de la contaminación y del tiempo
en nuestros trayectos diarios.
Conforme a lo previsto en la legislación estatal en materia de circulación, tráfico y seguridad vial y la legislación básica y especial de régimen local es competencia del Ayuntamiento de Alcobendas la regulación de la movilidad, mediante ordenanza, para lograr la
armonización de los distintos usos de las vías y los espacios públicos urbanos, para hacerlos equilibradamente compatibles con la garantía de la salud de las personas, la seguridad
vial, la accesibilidad universal y los derechos de las personas con movilidad reducida, la
mejora de la calidad del aire y la protección del medio ambiente, y la protección de la integridad del patrimonio.
BOCM-20221123-62
II
B.O.C.M. Núm. 279
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 23 DE NOVIEMBRE DE 2022
Pág. 383
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
62
ALCOBENDAS
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
El Pleno del Ayuntamiento de Alcobendas, en su sesión ordinaria celebrada el día 24 de
febrero de 2022, aprobó inicialmente la modificación de la Ordenanza Reguladora de la
Movilidad del Ayuntamiento de Alcobendas. Sometida la misma a Información Pública
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 71 de fecha 24 de marzo de 2022),
y tras haberse presentado reclamaciones a la misma, el Pleno del Ayuntamiento de Alcobendas en su sesión celebrada el día 27 de octubre de 2022 acordó estimar dichas alegaciones y aprobar definitivamente la Ordenanza Reguladora de la Movilidad del Ayuntamiento de Alcobendas, quedando definitivamente aprobada y procediéndose a su publicación.
Un certificado del acuerdo y el texto de la Ordenanza ha sido remitido a la Administración General del Estado y a la Comunidad de Madrid a los efectos del artículo 65 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril.
Lo que se publica en cumplimiento de lo establecido en la normativa transcrita, significando que, contra la presente aprobación definitiva, por tratarse de una disposición de carácter general, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el Plazo de dos
meses a contar desde el siguiente al de la publicación del texto íntegro en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
ORDENANZA REGULADORA DE LA MOVILIDAD
DEL AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS
PREÁMBULO
I
Alcobendas es una ciudad viva, una Gran Ciudad en la que conviven más de 120.000 personas y que presume de tener uno de los tejidos económicos más potentes de España. Su estratégica ubicación en la zona norte de Madrid, vecino privilegiado de la capital, la proximidad al Aeropuerto Adolfo Suarez, la actividad de la A-1 que la atraviesa de parte a parte, su
red de comunicaciones y todo lo que supone ser la Puerta Norte de Acceso a Madrid, sitúa a
Alcobendas en un municipio de referencia en materia de movilidad urbana e interurbana.
Alcobendas desea mantener los compromisos de Desarrollo Sostenible 2030 y es su
pretensión seguir avanzando en medidas de movilidad seguras y sostenibles que aporten la
mayor calidad de vida a sus vecinos y a todos aquellos que han encontrado en nuestra ciudad un puesto de trabajo, o un motivo cultural, económico, comercial o gastronómico para
venir a visitarnos.
El cambio modal en el transporte es un hecho constatado y sin vuelta atrás. Los desplazamientos a pie, en bici, en transporte público, la movilidad compartida y los elementos
de movilidad personal –entre otros– requieren de un marco regulador propio y moderno en
el que tengan cabida las nuevas soluciones digitales de movilidad; y todo ello con el fin de
reducir el impacto sobre la salud mediante la reducción de la contaminación y del tiempo
en nuestros trayectos diarios.
Conforme a lo previsto en la legislación estatal en materia de circulación, tráfico y seguridad vial y la legislación básica y especial de régimen local es competencia del Ayuntamiento de Alcobendas la regulación de la movilidad, mediante ordenanza, para lograr la
armonización de los distintos usos de las vías y los espacios públicos urbanos, para hacerlos equilibradamente compatibles con la garantía de la salud de las personas, la seguridad
vial, la accesibilidad universal y los derechos de las personas con movilidad reducida, la
mejora de la calidad del aire y la protección del medio ambiente, y la protección de la integridad del patrimonio.
BOCM-20221123-62
II