Villa del Prado (BOCM-20221123-88)
Ofertas de empleo. Bases procesos selectivos
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 279

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 23 DE NOVIEMBRE DE 2022

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— Procesos selectivos por concurso: En caso de empate en la puntuación final, el orden de desempate se establecerá atendiendo en primer lugar a la mayor puntuación obtenida en el apartado de experiencia profesional, en el orden establecido en
estas bases, en segundo lugar, a la mayor puntuación obtenida en el apartado de
formación general.
De persistir el empate, este se solventará por orden alfabético del primer apellido
de los aspirantes empatados, de conformidad con la letra que se determine en el
sorteo público anual realizado por la Secretaría de Estado para la Administración
Pública a que se refiere el artículo 17 del RGI, que se publicará en el “Boletín Oficial del Estado”.
7. Desarrollo del proceso selectivo
7.1. El orden de actuación de los opositores será el que resulte del sorteo a que se refiere el artículo 17 del Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, y que se reflejará
en cada convocatoria.
7.2. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan. Salvo casos de fuerza mayor invocados con anterioridad y debidamente justificados y apreciados por el Tribunal de Selección
con absoluta libertad de criterio, la no presentación de un aspirante al ejercicio en el momento de efectuarse el llamamiento determinará automáticamente el decaimiento de su derecho
a participar en el mismo, quedando excluido en consecuencia del proceso selectivo.
7.3. Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con doce horas de antelación, al menos, a la señalada
para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se trata de uno
nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en el Tablón de Edictos y Anuncios Digital
del Ayuntamiento de Villa del Prado.
7.4. Concluido cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, el Tribunal Calificador hará públicas, en el Tablón de Edictos y Anuncios Digital del Ayuntamiento de Villa
del Prado, la relación de aspirantes, con indicación de la puntuación obtenida.
7.5. En los casos de Concurso, los/as aspirantes, una vez presentada toda la documentación que acredita sus méritos, estarán a disposición del Tribunal para cualquier aclaración y/o especificación que pueda surgir a lo largo del proceso.

8.1. Finalizado el proceso de selección, el Tribunal Calificador elevará la relación de
aprobados, por el orden de puntuación alcanzado, con indicación del documento nacional
de identidad —en la forma prevista legalmente para la protección de los datos de carácter
personal—, así como las notas parciales de todas y cada una de las fases del proceso selectivo, al órgano competente para la resolución del proceso selectivo, que asimismo ordenará su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el Tablón
de Edictos y Anuncios Digital del Ayuntamiento de Villa del Prado.
8.2. El Tribunal no podrá declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de plazas convocadas. No obstante lo anterior, siempre que el
Tribunal haya propuesto el nombramiento de igual número de aspirantes que el de plazas
convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados o cuando de la documentación aportada por los aspirantes se deduzca que no cumplen los requisitos exigidos, antes de su nombramiento o
toma de posesión, el órgano convocante podrá requerir del Tribunal relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos para su posible nombramiento, en el caso
de personal funcionario de carrera, o contratación, en el caso de personal laboral fijo.
8.3. El acto que ponga fin al procedimiento selectivo deberá ser motivado. La motivación de los actos del Tribunal dictados en virtud de discrecionalidad técnica en el desarrollo de su cometido de valoración, estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.
9. Presentación de documentos
9.1. En el plazo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a aquel en que
se hiciera pública la relación definitiva de aspirantes aprobados en el BOLETÍN OFICIAL DE

BOCM-20221123-88

8. Resolución del proceso selectivo y lista de aprobados