C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20221123-27)
Crédito presupuestario subvenciones – Orden de 8 de noviembre de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, de tramitación anticipada, por la que se declara el crédito presupuestario disponible para financiar la concesión directa, durante el año 2023, de subvenciones para compensar a las empresas por los gastos derivados de la realización de prácticas no laborales en sus centros de trabajo de los participantes en el itinerario específico de formación y prácticas profesionales no laborales asociadas cofinanciadas al 100 por 100 por el Programa Operativo Fondo Social Europeo 2014-2020 de la Comunidad de Madrid
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 126
MIÉRCOLES 23 DE NOVIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 279
dos de la realización de prácticas no laborales en sus centros de trabajo de los participantes
en el itinerario específico de formación y prácticas profesionales no laborales asociadas.
Como resultado, de una parte, que la orden de disposición de crédito no fue publicada
hasta el 26 de mayo de 2022 y, de otra, que el módulo de formación práctica en el centro de
trabajo se amplía hasta alcanzar las 500 horas, la mayoría de las acciones formativas continúan desarrollando el citado módulo en el último trimestre del año 2022 con la consiguiente imposibilidad para las empresas de haber presentado su solicitud para esta ayuda.
En consecuencia y a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4.5.c) de la
Ley 2/1995, de 8 de marzo, en lo que se refiere a la declaración de los créditos presupuestarios para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión, como órgano concedente de las referidas ayudas, de acuerdo con el artículo 7 de la citada Ley 2/1995,
RESUELVO
Primero
Declaración de crédito
Declarar disponible el crédito presupuestario para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de la concesión de las ayudas que se regulan en Orden de fecha 23 de septiembre de 2021, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, se establecieron las disposiciones generales reguladoras de la concesión de subvenciones para
financiar las acciones formativas conducentes a certificados de profesionalidad con prácticas profesionales no laborales asociadas, dirigidas a personas desempleadas, cofinanciadas
al 100 por 100 por el Programa Operativo FSE 2014-2020 de la Comunidad de Madrid,
dentro del eje REACT-UE, Prioridad de Inversión R.1, Objetivo Específico R.1.1, durante
el año 2023 por importe de 7.155.000 euros y se destinará a financiar las subvenciones para
compensar a las empresas por los gastos ocasionados como consecuencia de la acogida de
personas en prácticas en sus centros de trabajo.
Segundo
Imputación presupuestaria del gasto
BOCM-20221123-27
1. Las referidas obligaciones se imputarán con cargo al subconcepto 49103 “Formación de trabajadores desempleados” del Programa 241A de los Presupuestos Generales de
la Comunidad de Madrid correspondientes al presupuesto del año 2023, quedando condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la adquisición
del compromiso de gasto.
2. El crédito presupuestario autorizado para financiar la actividad procede de la cofinanciación al 100 por 100 por el Programa Operativo FSE 2014-2020 de la Comunidad de Madrid,
encuadrándose dentro del eje REACT-UE, Prioridad de Inversión R.1, Objetivo Específico R.1.1.
Esta Orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 8 de noviembre de 2022.—El Consejero de Economía, Hacienda y Empleo,
P. D. (Orden de 19 de julio de 2022; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 181, de 1 de agosto de 2022), el Viceconsejero de Empleo, Alfredo Timermans del
Olmo.
(03/22.046/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 126
MIÉRCOLES 23 DE NOVIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 279
dos de la realización de prácticas no laborales en sus centros de trabajo de los participantes
en el itinerario específico de formación y prácticas profesionales no laborales asociadas.
Como resultado, de una parte, que la orden de disposición de crédito no fue publicada
hasta el 26 de mayo de 2022 y, de otra, que el módulo de formación práctica en el centro de
trabajo se amplía hasta alcanzar las 500 horas, la mayoría de las acciones formativas continúan desarrollando el citado módulo en el último trimestre del año 2022 con la consiguiente imposibilidad para las empresas de haber presentado su solicitud para esta ayuda.
En consecuencia y a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4.5.c) de la
Ley 2/1995, de 8 de marzo, en lo que se refiere a la declaración de los créditos presupuestarios para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión, como órgano concedente de las referidas ayudas, de acuerdo con el artículo 7 de la citada Ley 2/1995,
RESUELVO
Primero
Declaración de crédito
Declarar disponible el crédito presupuestario para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de la concesión de las ayudas que se regulan en Orden de fecha 23 de septiembre de 2021, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, se establecieron las disposiciones generales reguladoras de la concesión de subvenciones para
financiar las acciones formativas conducentes a certificados de profesionalidad con prácticas profesionales no laborales asociadas, dirigidas a personas desempleadas, cofinanciadas
al 100 por 100 por el Programa Operativo FSE 2014-2020 de la Comunidad de Madrid,
dentro del eje REACT-UE, Prioridad de Inversión R.1, Objetivo Específico R.1.1, durante
el año 2023 por importe de 7.155.000 euros y se destinará a financiar las subvenciones para
compensar a las empresas por los gastos ocasionados como consecuencia de la acogida de
personas en prácticas en sus centros de trabajo.
Segundo
Imputación presupuestaria del gasto
BOCM-20221123-27
1. Las referidas obligaciones se imputarán con cargo al subconcepto 49103 “Formación de trabajadores desempleados” del Programa 241A de los Presupuestos Generales de
la Comunidad de Madrid correspondientes al presupuesto del año 2023, quedando condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la adquisición
del compromiso de gasto.
2. El crédito presupuestario autorizado para financiar la actividad procede de la cofinanciación al 100 por 100 por el Programa Operativo FSE 2014-2020 de la Comunidad de Madrid,
encuadrándose dentro del eje REACT-UE, Prioridad de Inversión R.1, Objetivo Específico R.1.1.
Esta Orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 8 de noviembre de 2022.—El Consejero de Economía, Hacienda y Empleo,
P. D. (Orden de 19 de julio de 2022; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 181, de 1 de agosto de 2022), el Viceconsejero de Empleo, Alfredo Timermans del
Olmo.
(03/22.046/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791