D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL Y DIGITALIZACIÓN - AGENCIA PARA LA ADMINISTRACIÓN DIGITAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (BOCM-20221123-44)
Convenio –  Convenio de cooperación educativa de 14 de junio de 2022, entre la Universidad Carlos III de Madrid y la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 279

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 23 DE NOVIEMBRE DE 2022

Pág. 331

1. Es objeto de este Convenio establecer la colaboración entre la UC3M y Madrid
Digital para que alumnos de la UC3M puedan realizar prácticas en dicha Entidad. Las Prácticas contempladas en este Convenio, podrán ser:
a) Curriculares, contempladas en los planes de estudio.
b) Extracurriculares o complementarias.
c) Proyecto Fin de Carrera / Trabajo Fin de Grado / Trabajo Fin de Máster, según se
contemplan en los planes de estudio y demás normativa que resulte de aplicación.
2. La Fundación Universidad Carlos III gestionará la tramitación de este Convenio
y los Anexos que se adscriban al mismo, de conformidad con el convenio de colaboración
suscrito entre UC3M y la Fundación. Podrán acogerse al presente Convenio los alumnos
matriculados en la UC3M que por ulterior acuerdo de las partes se vayan relacionando en
Anexos al mismo, que serán individuales para cada alumno, y en los que se reflejará el proyecto formativo de las prácticas, el horario y lugar de realización y el tutor designando por
Madrid Digital.
3. La relación del alumno con Madrid Digital no supone más compromiso que el estipulado en este Convenio y de la misma no se deriva obligación alguna propia de un contrato laboral, al carecer de esa condición la relación que se establece, al quedar cubiertas las
contingencias de esa índole por el Seguro Escolar. En caso de formalización de un contrato de trabajo entre el alumno y la Entidad Colaboradora, ésta cancelará previamente las
prácticas de dicho alumno, comunicándolo a la Fundación.
La Fundación informará al INSS de la firma del presente Convenio, solicitando la extensión del Seguro Escolar a las prácticas. Aquellos estudiantes que no puedan acogerse al
Seguro Escolar estarán cubiertos por un Seguro Accidentes que suscribirá la Fundación.
Además, todos los alumnos contarán con un Seguro de Responsabilidad Civil suscrito por
la Fundación.
4. De conformidad con el R. D. 592/2014, las prácticas curriculares tendrán la duración que establezca el plan de estudios correspondiente.
Las prácticas extracurriculares, conforme al citado R. D. 592/2014, tendrán una duración preferentemente no superior al cincuenta por ciento del curso académico, procurando
asegurar el correcto seguimiento de las actividades académicas del estudiante, todo ello de
acuerdo con la reglamentación de la UC3M.
5. La Entidad Colaboradora compromete a:
— El cumplimiento del programa formativo de las prácticas acordado.
— A permitir al alumno cumplir con su actividad académica y de representación y
participación, previa comunicación con antelación a la entidad colaboradora de las
necesidades que de éstas deriven.
— La revisión del programa si fuese solicitada por la UC3M.
— A nombrar un Tutor/a de los alumnos en prácticas.
6. Al tutor de Madrid Digital, sin perjuicio de lo establecido en el art. 11 del R. D.
592/2014, le corresponderá:
— Organizar y supervisar las actividades de cada estudiante, realizando un seguimiento del mismo.
— Informar al tutor académico de las modificaciones e incidencias durante las prácticas.
— Cumplimentar el informe de evaluación del alumno/a según los criterios establecidos por la UC3M.
— El seguimiento de la calidad de las prácticas de acuerdo al sistema interno de garantía de calidad (SGIC) de la UC3M.
— Realizar y remitir al Tutor Académico de la UC3M un Informe Final en los términos establecidos en el art. 13.1 del RD 592/2014 y, si así le fuera solicitado, del
informe intermedio de seguimiento referido en el punto 2 del artículo antes citado. Sin perjuicio de lo anterior el Tutor deberá, a la hora de realizar los Informes
atender a los criterios que puedan estar establecidos por la UC3M.
7. La UC3M designará un tutor académico, como responsable de la supervisión de
las prácticas y, en su caso, de la validación académica previa y la evaluación final.
8. Durante las prácticas, los alumnos estarán sometidos a las estipulaciones de este
convenio, de su anexo, y a mantener absoluta confidencialidad sobre la información interna a la que acceda por la realización de las prácticas.

BOCM-20221123-44

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