D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20221123-42)
Convenio –  Convenio de 31 de octubre de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y la Coordinadora Infantil y Juvenil de Tiempo Libre de Vallecas, para desarrollar un servicio de prevención y atención a la infancia y la adolescencia en situación de desventaja y dificultad social
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 23 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 279

yan a prevenir la aparición de situaciones de desventaja y, en consecuencia, a minimizar la
acumulación de factores de riesgo y a incrementar los factores de protección.
7. Dirigir y gestionar las diferentes acciones de supervisión y control necesarios para
asegurar la adecuada prestación del servicio y su adecuado funcionamiento.
8. Abonar la cuantía económica a que hace referencia la cláusula novena.
Tercera
La Coordinadora se compromete a:
a) Organizar, desarrollar y ejecutar conjuntamente con sus entidades asociadas las
actividades a que se refiere la cláusula primera de este convenio, gestionando de
manera diligente todos los medios y recursos, tanto materiales como personales
necesarios para su ejecución; esta gestión y organización comprenderá:
— La elaboración de un seguimiento administrativo, técnico y económico del
proyecto.
— La coordinación y seguimiento del proyecto con las entidades ejecutantes.
— La recogida de información y la apertura, actualización y custodia de los expedientes.
b) Elaborar la Programación Anual y la Memoria de Actividades Anual del servicio
objeto de este convenio donde se desarrolle el proyecto. Ambos documentos se
realizarán en el modelo que se determine por la Comisión Mixta de Seguimiento
prevista en la cláusula undécima.
c) Valorar y decidir las altas y bajas de los niños, niñas y adolescentes participantes en
el convenio, siguiendo el protocolo elaborado por la Dirección General de Infancia,
Familia y Fomento de la Natalidad consensuado con la Federación INJUCAM. La
Dirección General podrá derivar de forma prioritaria la incorporación de nuevas altas en los casos de detección de menores en situación de riesgo de desprotección detectadas por la Dirección General.
La Coordinadora informará a la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad de las altas y bajas que se produzcan mensualmente, así como
de su evolución y seguimiento, según los modelos normalizados acordados por las
partes. Todo ello bajo supervisión de la Comunidad de Madrid.
d) Presentar las primeras altas en el Programa desde la Coordinadora en el plazo
máximo de un mes desde la firma del convenio.
e) Adaptar el programa educativo individual (PEI) para cada niño, niña y adolescente atendido.
La Coordinadora se compromete a realizar el seguimiento y evaluación periódica
del PEI en coordinación con los dispositivos sociales, educativos y sanitarios del
entorno.
f) Aportar los informes de seguimiento de los menores atendidos y de toda aquella
información que se les solicite desde la Dirección General de Infancia, Familia y
Fomento de la Natalidad. Estos informes se adaptarán a las circunstancias.
g) Disponer de un expediente personal de cada menor con el que se esté interviniendo
que también contemple a su familia como usuaria en el programa de intervención,
así como contar con un diseño general formalizado y custodiar todos los datos referidos a la intervención con el menor y familia garantizando en todo momento la confidencialidad y el derecho a la intimidad, conforme a la legislación vigente.
h) Abonar la cuantía económica mediante la aportación de medios materiales y personales a que hace referencia la cláusula novena. El incumplimiento o imposibilidad de hacer efectiva dicha aportación, será causa de resolución del convenio en
los términos señalados en la cláusula decimosegunda.
i) Colocar en el local donde se desarrollen las actividades, a su cargo, en sitio visible,
y en el acceso al mismo, una placa de identificación del servicio en la que se haga
constar la denominación del mismo, la Entidad que lo gestiona y haciendo constar expresamente el convenio del servicio por parte de la Comunidad de Madrid a
través de la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad, de
la Consejería de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid.
Y tener siempre actualizado el contenido de dicha placa.

BOCM-20221123-42

Obligaciones de Coordinadora