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Convenio –  Convenio de 14 de junio de 2022, entre la Universidad Complutense de Madrid y la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 279

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 23 DE NOVIEMBRE DE 2022

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I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Administración Local y Digitalización
AGENCIA PARA LA ADMINISTRACIÓN DIGITAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID
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CONVENIO de 14 de junio de 2022, entre la Universidad Complutense de
Madrid y la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid.

En Madrid, a 14 de junio de 2022.
De una parte, D.a María Concepción García Gómez, Vicerrectora de Empleabilidad y
Emprendimiento, en representación de la Universidad Complutense de Madrid (en lo sucesivo UCM), nombrada por Decreto Rectoral 32/2019, de 14 de junio, y actuando por delegación del Rector según Decreto Rectoral 1/2021, de 11 de enero, de establecimiento de los
Vicerrectorados de la UCM, de delegación de competencias y de diversas cuestiones de índole organizativa, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 14
de enero de 2021.
Y de otra parte, D. Carlos Izquierdo Torres, Consejero de Administración Local y Digitalización de la Comunidad de Madrid, nombrado por Decreto 48/2021, de 19 de junio,
de la Presidenta de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID n.o 146, de 21 de junio de 2021), en uso de las facultades que le confiere el artículo 10. Siete. b) de la Ley 7/2005, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad de Madrid, actuando en su calidad de Presidente del Consejo de Administración de la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid, con domicilio
a estos efectos en Madrid (28045), calle Embajadores, número 181, CIF: Q-78500054-C.
Ambas partes se reconocen plena capacidad jurídica para suscribir el presente Convenio y, a tal efecto,

I. La UCM, según se recoge en sus Estatutos aprobados por Decreto 32/2017, de 21
de marzo, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID de 24 de marzo de 2017), tiene entre sus funciones la creación,
desarrollo, transmisión y crítica de la ciencia, de la técnica y de la cultura, la difusión, la valorización y la transferencia del conocimiento al servicio de la cultura, de la calidad de vida
y del desarrollo económico, así como la difusión del conocimiento y la cultura a través de
la extensión universitaria y la formación continuada.
Asimismo, asume su compromiso de acercar la formación universitaria a la realidad
social y profesional de nuestro entorno, mediante el establecimiento de relaciones con otras
entidades, que permitan completar el proceso formativo con una puesta en práctica de los
conocimientos teóricos adquiridos.
II. La Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid, se configura en el artículo 10 de la Ley 7/2005, 23 de diciembre, como ente público de los previstos
en el artículo 6 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, con personalidad jurídica propia, plena capacidad jurídica y de obrar y
autonomía de gestión que ejerce sus funciones, en el ámbito de la Administración General
de la Comunidad de Madrid y sus Organismos Autónomos, correspondiéndole, en exclusiva, entre otras, el desarrollo y adquisición de aplicaciones informáticas y sistemas de información para la Comunidad de Madrid, y su mantenimiento y soporte posteriores, de acuerdo con las especificaciones funcionales y necesidades de los distintos centros directivos.
III. Las partes, al amparo del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, que regula las
prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, y de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de Prácticas Académicas Externas, aprobado por el Consejo de Gobierno de la UCM el 31 de octubre de 2017 (BOUC del 3 de noviembre de 2017), acuerdan
suscribir el presente Convenio con arreglo a las siguientes

BOCM-20221123-43

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