Rascafría (BOCM-20221122-89)
Régimen económico. Ordenanza precio público
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BOCM
Pág. 390

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 22 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 278

3) Clases colectivas de pádel 15 euros/8 horas al mes: no hay reembolso.
4) Actividades deportivas colectivas: los usuarios podrán anular el bono pagado, por
causa justificada, teniendo derecho a la devolución de las cantidades que hubiese
abonado, siempre que la cancelación sea realizada antes del día 10 del mes correspondiente a la cuota pagada.
Transcurrido ese plazo, no habrá derecho a la devolución de los importes.
5) Las deudas de precios públicos podrán reclamarse mediante procedimiento administrativo de apremio.
6) Los bonos de acceso a las piscinas se abonarán antes de acceder a la misma, si no
fuesen utilizados o usados en su totalidad durante la temporada de baño en la que
se adquirieron, no se procederá a la devolución del importe abonado o la parte correspondiente no utilizada, ni podrán canjearse para otras temporadas.
4. En el resto de las tarifas el pago será inmediato y previo a la utilización del servicio.
Art. 6. Cuando existan razones sociales, benéficas, culturales o de interés público
que así lo aconsejen, podrán señalarse precios públicos que resulten inferiores a los aprobados en esta ordenanza a criterio del Ayuntamiento de Rascafría y previo informe de los
Servicios Sociales Municipales.
No obstante, a pesar de lo señalado en el apartado anterior, se establece que:
— Se aplicará un 20 por 100 de bonificación en la entrada diaria y en los abonos de la
piscina municipal a las familias numerosas, personas desempleadas, personas que
acrediten de un 33 por 100 a un 64 por 100 de discapacidad y estarán exentas de
pago aquellas que acrediten un 65 por 100 o superior.
— El acompañante de una persona con discapacidad accederá gratuitamente a la piscina siempre y cuando el discapacitado necesite asistencia o cuidados para el uso
de las instalaciones por falta de autonomía personal.
— Para el resto de actividades y servicios, excepto el uso del campo de fútbol, las
pistas de tenis y pádel, se aplicará una reducción de todos los precios en un 50
por 100 a familias numerosas, personas desempleadas y personas con discapacidad.
— Las causas que dan derecho a las reducciones deberán acreditarse previamente en
las oficinas del Ayuntamiento de Rascafría.
Art. 7. La utilización de los espacios y servicios por parte de empresas o entidades
que desarrollen actividades con ánimo de lucro no será, en ningún caso, prioritaria y dependerá siempre de la organización y programación interna de la Concejalía de Cultura.
Gestión
Art. 8. Los interesados a los que se preste servicio a los que se refiere esta ordenanza, deberán solicitarlo en el Ayuntamiento de Rascafría, que podrá habilitar plataformas de
inscripción y pago de los mismos.
DISPOSICIÓN FINAL

BOCM-20221122-89

Esta ordenanza entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, permaneciendo en vigor hasta su modificación
o derogación expresas.
Rascafría, a 11 de noviembre de 2022.—El alcalde-presidente, Santiago Marcos García.
(03/21.960/22)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791