Mancomunidad de Servicios de Arquitectura y Urbanismo de la Sierra Norte (BOCM-20221122-106)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

MARTES 22 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 278

10. Calificación del proceso selectivo
La calificación final del concurso será el resultado de la suma de las valoraciones obtenidas en cada uno de los apartados específicos establecidos en las bases específicas. En
caso de empate en la puntuación final, el orden de desempate se establecerá atendiendo a lo
indicado en las bases específicas.
11. Resolución del proceso selectivo
Finalizado el proceso de selección, el Tribunal Calificador elevará a la Presidencia de
la MSAU el Acta con la relación de aprobados definitivos por el orden de puntuación alcanzado, con indicación del documento nacional de identidad (en la forma prevista legalmente para la protección de los datos de carácter personal), así como las notas parciales correspondientes a cada una de las especificades del baremo del concurso de méritos, con
propuesta de candidatos seleccionados y lista para bolsa de empleo.
La Presidencia de la MSAU ordenará su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA C OMUNIDAD DE M ADRID , así como en su página web y su sede electrónica
( www.msau.org y https://msau.sedelectronica.es/info.0 , respectivamente ).
El Tribunal no podrá declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de plazas convocadas. No obstante, lo anterior, siempre que el Tribunal haya propuesto el nombramiento de igual número de aspirantes que el de plazas convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias
de los aspirantes seleccionados o cuando de la documentación aportada por los aspirantes
se deduzca que no cumplen los requisitos exigidos, antes de su contratación, el órgano convocante podrá requerir del Tribunal relación complementaria de los aspirantes que sigan a
los propuestos para su posible contratación como personal laboral fijo.
12. Presentación de documentos
En el plazo de cinco días hábiles, a contar desde el día siguiente a aquel en que se hiciera pública la relación definitiva de aspirantes aprobados en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, los aspirantes propuestos aportarán en la administración de la
MSAU los documentos que a continuación se relacionan:
a) Fotocopia y original del documento nacional de identidad o, en su caso, del pasaporte o de cualquier otro documento acreditativo de la nacionalidad. El documento que se presente habrá de encontrarse en vigor.
b) Fotocopia y original del título exigido en las bases específicas, o certificación académica que acredite haber realizado y aprobado los estudios completos necesarios
para la expedición del mismo. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá aportar la documentación acreditativa de su homologación o convalidación.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse
en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de funciones públicas por
resolución judicial para el acceso a la escala, subescala, clase y categoría de funcionario en el que hubiese sido separado o inhabilitado. Los nacionales de otros
Estados deberán acreditar igualmente no hallarse inhabilitados o en situación
equivalente ni haber sido sometidos a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso a la función pública.
d) Documentación original, acreditativa de los méritos alegados y los restantes requisitos que, en su caso, pudieran exigirse en cada base específica, para ser compulsada de manera presencial por funcionario de la MSAU.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 23.2 del Reglamento General de Ingreso del
Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de
Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los funcionarios Civiles de la
Administración General del Estado, quienes dentro del plazo indicado en las presentes bases, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación
exigida en las bases de la convocatoria, o del examen de la misma se dedujese que
carecen de alguno de los requisitos exigidos por las mismas, no podrán ser contratados como personal laboral fijo, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en la que pudieran haber incurrido por falsedad en
sus solicitudes de participación.

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID