C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20221121-27)
Regulación concesión ayudas –  Acuerdo de 8 de noviembre de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de ayudas a mujeres víctimas de violencia de género para favorecer su salida de centros residenciales de la Red de Atención Integral para la Violencia de Género de la Comunidad de Madrid
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 21 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 277

la autonomía e independencia de las mujeres procedentes de los citados centros residenciales respetando en todo caso la normativa sobre gasto público y procedimiento administrativo para que las ayudas se concedan a todas aquellas mujeres que cumplan con los requisitos fijados en las normas reguladoras, sin establecer concurrencia entre las solicitantes.
La actual coyuntura económica aconseja el establecimiento de unos mecanismos ágiles y urgentes, que permitan la rápida percepción de las ayudas por parte de las personas beneficiarias, removiendo cualquier tipo de obstáculo que pueda mermar la eficacia en la gestión. Para ello, es necesario proponer la concesión directa de estas ayudas que posibiliten
que las mujeres procedentes de los centros residenciales reciban un inmediato apoyo institucional, sin necesidad de valorar conjuntamente las solicitudes, pero respetando siempre
los controles que permitan cumplir los principios de eficacia y eficiencia en la gestión del
gasto público.
El procedimiento ordinario de concurrencia competitiva en la concesión de subvenciones sería incompatible por los motivos expuestos en su objeto.
Dicho marco viene representado por este Acuerdo, que se somete a lo dispuesto en la
Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid; el Decreto 76/1993,
de 26 de agosto, regulador del procedimiento para la concesión de ayudas y subvenciones
públicas; el Decreto 222/1998, de 23 de diciembre, de desarrollo parcial de la Ley 2/1995,
de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, en materia de bases reguladoras de las mismas; la Orden 2532/1998, de 29 de septiembre, reguladora de las obligaciones de acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad
Social por los beneficiarios de subvenciones, ayudas públicas y transferencias de la Comunidad de Madrid, y Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su Reglamento, aprobado mediante Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, respecto de los artículos de carácter básico.
El artículo 6 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de
Madrid, señala que previamente a la concesión de subvenciones se establecerán sus bases
reguladoras. El contenido de las bases reguladoras de las subvenciones y ayudas públicas
ha sido regulado en el Decreto 222/1998, de 23 de diciembre, dictado en desarrollo de la
Ley 2/1995, de 8 de marzo.
El artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995 establece que podrán concederse de forma directa,
y con carácter excepcional, aquellas subvenciones en que se acrediten razones de interés
público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten
su convocatoria pública.
A tal efecto, con fecha de 5 de agosto de 2022, se ha emitido informe justificativo de
la concurrencia de las razones excepcionales que aconsejan la utilización del procedimiento de concesión directa para el otorgamiento de estas ayudas, de conformidad con el artículo 4.6 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
De conformidad con los artículos 21.z) de la Ley 1/1983 de 13 de diciembre, del Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 4.5.c).1.o de la Ley 2/1995,
de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, corresponde al Consejo de
Gobierno aprobar mediante Acuerdo la normativa especial reguladora de aquellas subvenciones en las que exista una pluralidad de beneficiarios no singularizados en el momento de
dicha aprobación.
En su virtud, a propuesta de la persona titular de la Consejería de Familia, Juventud y
Política Social, el Consejo de Gobierno, en su reunión de 8 de noviembre de 2022,
ACUERDA
Artículo único
Se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de ayudas a mujeres víctimas de violencia de género para favorecer su salida de centros residenciales de la Red de Atención Integral para la Violencia de Genero de la Comunidad de Madrid, que se recogen a continuación.

BOCM-20221121-27

Aprobación de las normas reguladoras y del procedimiento de concesión directa