D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA - CANAL DE ISABEL II (BOCM-20221121-42)
Convenio –  Convenio de 8 de noviembre de 2022 entre Canal de Isabel II y la Mancomunidad del Embalse del Atazar, por el que se regirá la subvención contemplada en el Plan Estratégico del Ente Público Canal de Isabel II para el período 2022-2023, en el que se recoge la subvención de Canal de Isabel II para la limpieza de los márgenes del embalse de El Atazar
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 21 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 277

De conformidad con la posibilidad contemplada en el artículo citado, el Plan Estratégico aprobado prevé, en el apartado segundo de su Anexo, la necesidad de firmar un convenio de colaboración con la Mancomunidad para otorgar la subvención prevista en el propio Plan.
Séptimo
Que, de conformidad con la posibilidad contemplada en el artículo 4.5.c.tercero de la
Ley 2/1995, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado segundo del Anexo del Plan
Estratégico, y una vez autorizada la celebración de este Convenio por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid de fecha 29 de junio de 2022, Canal y la Mancomunidad suscriben el presente Convenio con el objeto de instrumentalizar, otorgar y ejecutar la subvención aprobada, con base en lo que antecede y con sujeción a las siguientes:
ESTIPULACIONES
Primera
Objeto del Convenio
El presente Convenio tiene por objeto establecer las condiciones particulares por las
que se regirá la subvención a favor de la Mancomunidad para financiar los trabajos de limpieza de los márgenes del embalse de El Atazar, cuya finalidad es:
(i) Contribuir a incentivar y facilitar el arraigo poblacional en localidades rurales integradas en la “Mancomunidad del Embalse del Atazar”, así como a mejorar la
calidad de vida de las personas que vivan en ellas y;
(ii) Mejorar la calidad del agua desde su propio origen, lo que facilitará que llegue en
óptimas condiciones a los puntos de consumo.
El presente Convenio no implica gasto para la Comunidad de Madrid, puesto que el
coste de la subvención se imputará al presupuesto estimativo no limitativo de Canal.
Segunda
Compromisos de Canal
Canal se compromete a:
— Otorgar la subvención contemplada en el Plan Estratégico del Ente Público Canal
de Isabel II para el período 2022-2023 en el que se recoge la subvención de Canal
de Isabel II para la limpieza de los márgenes del embalse de El Atazar enmarcado
en la Estrategia para Revitalizar los Municipios Rurales aprobada por la Comunidad de Madrid, aprobado mediante Orden 1117/2022, de la Consejería de Medio
Ambiente, Vivienda y Agricultura.
— Comprobar la adecuada justificación de la subvención, así como la realización de
la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención.
Tercera
La Mancomunidad se compromete a:
— Cumplir, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante también, LGS) y en
el artículo 8 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad
de Madrid (en adelante también, LSCM), con las siguientes obligaciones:
a) Realizar las actuaciones de limpieza de las márgenes del Embalse de El Atazar que fundamentan la concesión de la subvención.
b) Acreditar ante la entidad concedente la realización de la actividad, así como el
cumplimiento de requisitos y condiciones que determinen la concesión o disfrute de la subvención.
c) El sometimiento a las actuaciones de comprobación a efectuar por la entidad
concedente y a las de control de la actividad económico-financiera que correspondan a la Intervención General de la Comunidad de Madrid, Tribunal

BOCM-20221121-42

Compromisos de la Mancomunidad