D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20221121-43)
Convenio –  Convenio de 27 de octubre de 2022, entre la Comunidad de Madrid y la Asociación Madrileña de Oficios Artesanos, para la celebración de la XXXV Feria Mercado de Artesanía de la Comunidad de Madrid. Edición 2022
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 277

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 21 DE NOVIEMBRE DE 2022

Pág. 281

Tercera
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
1. Cesión de los derechos de Propiedad Industrial:
La Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
cederá, durante el período en que se desarrolle la Feria y hasta la fecha de presentación del
Informe de Resultados, los derechos de propiedad Industrial, que se expresan en el anexo I
de este Convenio, significando con ello que AMOA ostentará la titularidad y disfrute de todo
lo referido a la Feria Mercado de Artesanía de la Comunidad de Madrid. Todo ello conforme al artículo 59 de la Ley 3/2001, de 21 de junio, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma, al ser un derecho incorporal cuya afectación o explotación no se juzga previsible.
El presente convenio no supone un coste económico para la Comunidad de Madrid.
2. Asesoramiento técnico jurídico:
La Comunidad de Madrid, a través de la Dirección General de Comercio y Consumo,
se compromete a prestar asesoramiento técnico jurídico, de forma continuada a AMOA en
los aspectos organizativos y promocionales de la Feria de Artesanía de Madrid, así como a
colaborar en las acciones de presentación y promoción de la Feria, facilitando la oportuna
información sobre las políticas de ordenación y promoción en el sector artesano llevadas a
cabo por parte de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
En este sentido, la Comunidad de Madrid prestará a AMOA una labor continua de
acompañamiento y orientación en todos los aspectos técnicos jurídicos que puedan surgir
relacionados con la organización correcta y adecuada de la Feria.
La Comunidad de Madrid instrumentará los medios necesarios para facilitar la consecución del objeto de este convenio de colaboración, en el marco de la normativa vigente.
Cuarta
Comité Organizador

Quinta
Comisión de Oficio y Autoría Propia
Apostando por una Feria de artesanía de calidad, que sea un referente en España, se promoverá la constitución de una Comisión de Oficio y Autoría Propia (en adelante COAP), que
tendrá la función de valorar, tras su estudio y comprobación, si el producto presentado para
la participación en la Feria Mercado de Artesanía, puede formar parte de la oferta expositora, de forma que pueda considerarse un producto de autoría artesana.

BOCM-20221121-43

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15.2 de la Ley 15/1997, de 25 de junio, de
Ordenación de Actividades Feriales de la Comunidad de Madrid modificada por la Ley 1/2008,
de 26 de junio, de Modernización del Comercio de la Comunidad de Madrid, se constituirá un Comité Organizador para la XXXV Feria Mercado de Artesanía.
El Comité Organizador estará presidido por la Consejería de Economía, Hacienda y
Empleo de la Comunidad de Madrid, representada a través de la Dirección General de Comercio y Consumo, y contará además en su composición con la participación de la asociación artesana organizadora de la Feria, AMOA, el Ayuntamiento de Madrid, la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid y otras Asociaciones artesanas con
actividad inscritas en el Registro de Asociaciones Artesanas de la Comunidad de Madrid,
en cumplimiento de la citada Ley 15/1997.
Estas Asociaciones serán designadas por la Comunidad de Madrid, en función de su
representatividad a nivel sectorial y/o territorial.
El Comité Organizador se regirá por las reglas de funcionamiento establecidas en los artículos 15 a 18 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Las funciones del Comité Organizador son asesorar a AMOA en todos los aspectos relativos a la organización de la Feria y hacer un seguimiento de la gestión de la misma, garantizando el cumplimiento de los requisitos exigidos a los talleres que serán pequeñas y
medianas empresas artesanas para su participación en la feria, para lo cual las decisiones de
la entidad organizadora deberán contar con su conocimiento.
El Comité Organizador se reunirá cuantas veces se considere necesario, siendo obligatoria la presencia del representante de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.