D) Anuncios - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20221121-37)
Convenio –  Convenio de 13 de octubre de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia e Interior) y la Fundación INDORTES para la concesión de una subvención directa, al amparo del artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, para el desarrollo del proyecto “Localización y señalización de lugares de enterramiento asociados a la construcción del tren de los 40 días (ferrocarril estratégico Torrejón-Tarancón)”
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 21 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 277

dad bancaria que la entidad beneficiaria designe a tal efecto. La Consejería de Economía,
Hacienda y Empleo ha autorizado la exención de constituir garantías para efectuar el anticipo a cuenta conforme a lo establecido en el artículo 10, apartado 1 c) de la Ley 2/1995,
de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid. Para la realización del pago
de la subvención, la Fundación INDORTES deberá presentar certificados de estar al corriente de obligaciones tributarias y de la Seguridad Social. El certificado acreditativo de
que dicha entidad no tiene deudas en período ejecutivo con la Comunidad de Madrid, o que,
si las tiene, están debidamente garantizadas, se solicitará de oficio por el centro gestor.
Sexta
Gastos y período subvencionable
Serán gastos subvencionables los gastos acreditados mediante las correspondientes
facturas relativos a la preparación, desarrollo y ejecución de cada uno de los objetivos explicitados para cada una de las líneas.
El período subvencionable a efecto de gastos será desde el 1 de enero hasta el 31 de
diciembre de 2022.
Séptima
Justificación y control de la subvención
La justificación de la subvención se presentará por la Fundación INDORTES antes del
31 de enero de 2023, y contendrá:
1. Un informe final de carácter técnico en el que se exprese la concreta realización
de los objetivos fijados en cada una de las líneas, así como las actividades desarrolladas, así
como una evaluación global del impacto.
2. Una relación numerada de las facturas o documentos justificativos del gasto imputado a la subvención concedida, en papel y en formato digital (Excel), acompañada de los
recibos, facturas y demás documentos que acrediten los gastos y sus pagos de acuerdo con
las actividades del convenio. Dichos documentos deberán contener una estampilla o diligencia en la que figure el nombre del proyecto y la indicación “Importe financiado por la
Comunidad de Madrid”. En el supuesto de que solo una parte del gasto se impute al proyecto, deberá constar en la diligencia la cuantía exacta o el porcentaje de financiación que
corresponda a cada financiador.
3. Una certificación original del representante legal de la Fundación INDORTES en
la que se haga constar los siguientes aspectos: que las facturas y los documentos justificativos corresponden a gastos efectivamente realizados por la entidad y derivados de la finalidad para la que fue concedida la subvención; que la entidad los asume como propios y, en
su caso, que los documentos originales quedan depositados en la sede de la entidad, a disposición de la Comunidad de Madrid para cualquier inspección.
4. Cuando las actividades hayan sido financiadas también con fondos propios u otras
subvenciones o recursos, deberá acreditarse en la justificación el importe, procedencia y
aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas.
5. En todo caso, se estará a lo dispuesto en los artículos 14 y 30 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 12 de la Ley 2/1995, de
8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, y disposiciones concordantes.
A estos efectos, la Fundación INDORTES estará sujeta a la comprobación material de la
aplicación de los fondos públicos en la forma establecida por el artículo 25.7 del Decreto 45/1997, de 20 de marzo, por el que se desarrolla el Régimen del Control Interno y
Contable ejercido por la Intervención General de la Comunidad de Madrid.
Octava
Se crea una comisión mixta de coordinación y seguimiento del convenio integrada por
tres representantes de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, designados por el titular de la Consejería, y dos representantes de la Fundación INDORTES, designados por su
Presidente.
Serán funciones de la citada comisión:
a) Resolver cuestiones se susciten en ejecución del convenio, siempre y cuando no
contradigan los fines y objetivos establecidos en el mismo.

BOCM-20221121-37

Comisión de seguimiento