C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20221118-18)
Plan general de urbanismo –  Acuerdo de 8 de noviembre de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba definitivamente la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid en el Área de Planeamiento Incorporado API.16.16 “Banco Central-Avenida de San Luis”, para la creación del área de planeamiento específico APE.16.12 “Avenida de San Luis-Las Torrecillas”, Distrito de Hortaleza
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B.O.C.M. Núm. 275

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 18 DE NOVIEMBRE DE 2022

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I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura
ACUERDO de 8 de noviembre de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se
aprueba definitivamente la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación
Urbana de Madrid en el Área de Planeamiento Incorporado API.16.16 “Banco
Central-Avenida de San Luis”, para la creación del área de planeamiento específico APE.16.12 “Avenida de San Luis-Las Torrecillas”, Distrito de Hortaleza.

I. La Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid en el
Área de Planeamiento Incorporado API.16.16 “Banco Central-Avenida de San Luis”, ubicada en el Distrito de Hortaleza, tiene como finalidad la creación del Área de Planeamiento Específico APE 16.12 “Avenida de San Luis-Las Torrecillas” con el fin de dar respuesta al problema que conlleva la existencia de una zona con una superficie cercana a las 3
hectáreas calificada por el Plan General de Ordenación Urbana vigente, aprobado en 1997,
como un espacio libre privado carente de edificabilidad, que supone una discontinuidad en
la ciudad consolidada, en contra de los principios de compacidad y equilibrio urbanos.
La superficie total del ámbito de la Modificación Puntual es de 63.518,00 m2 y limita
al norte con la Avenida de San Luis; al sur, con la zona residencial estructurada en torno a
la calle Pinar del Rey, y al oeste, con una zona verde lineal y la Gran Vía de Hortaleza.
La finalidad última de la Modificación Puntual es facilitar la obtención de suelo para
nuevas redes locales, espacios verdes y viales públicos para mejorar la estructura urbana del
barrio; implantar condiciones de aprovechamiento, ordenación, y gestión del suelo similares a los existentes en el entorno próximo, así como alcanzar condiciones de edificabilidad
neta similares a las de parcelas residenciales colindantes.
Así pues, se trata de una actuación de transformación urbanística que tiene por objeto
reformar la urbanización de un ámbito de suelo urbanizado para crear, junto con las correspondientes infraestructuras y dotaciones públicas, una o más parcelas aptas para la edificación o uso independiente, conectadas funcionalmente con la red de los servicios exigidos
por la ordenación territorial y urbanística.
II. La Modificación Puntual se lleva a cabo a iniciativa del Ayuntamiento de Madrid,
con el fin de alcanzar los siguientes objetivos de mejora urbana:
— Eliminar el efecto de barrera que existe actualmente entre la Avenida de San Luis y
la Calle López de Hoyos, dotando al ámbito de la necesaria estructura viaria y de
urbanización para incrementar la comunicación de la ciudad, mejorando la conexión entre sus distintas partes y garantizando que los nuevos usos que se puedan
implantar no afecten a la estructura viaria interdistrital en el Distrito de Hortaleza.
— Mejorar la capacidad dotacional del ámbito de modificación orientando su cualificación a las características específicas de la población residente.
— Proporcionar un diseño urbano que coadyuve a una mayor integración entre los
usos residenciales y terciarios de la ciudad, fomentando la utilización sostenible
del espacio con la implantación de áreas de usos mixtos debidamente accesibles
para los ciudadanos, que den como resultado una urbanización y edificación eficiente energéticamente y respetuosa con el medio ambiente.
— Asegurar la optimización de las redes públicas para garantizar que los recursos
que se destinan a ellas supongan una inversión ajustada en su construcción, mantenimiento y mejora.
Mediante la Modificación Puntual, el Ayuntamiento de Madrid adopta las siguientes
determinaciones:
— Delimitar una nueva Área de Planeamiento Específico APE 16.12 “Avenida de
San Luis-Las Torrecillas” que se constituye en una nueva Área Homogénea, diferenciando en el interior dos zonas:
d Una zona discontinua, situada en las áreas laterales este y oeste de la nueva
Área de Planeamiento Específico, de suelo urbano consolidado, que se regula-

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