Valdemoro (BOCM-20221118-110)
Ofertas de empleo. Bases proceso selectivos
15 páginas totales
Página
B.O.C.M. Núm. 275

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 18 DE NOVIEMBRE DE 2022

no siendo subsanable con posterioridad. Las personas aspirantes deberán indicar en el justificante bancario su nombre y apellidos, así como la denominación del proceso selectivo
en que participan.
En ningún caso la presentación y pago de los derechos de examen transcurrido el plazo de presentación de las solicitudes supondrá sustitución al trámite de presentación, en
tiempo y forma, de la solicitud en el registro general del Ayuntamiento.
Las cuotas a satisfacer por los aspirantes se determinan en función del grupo al que corresponde la plaza a cubrir según la siguiente escala (artículo 4 de la Ordenanza Fiscal), serán:
— Grupo 1 (A1): 37,04 euros.
— Grupo 2 (A2): 29,87 euros.
— Grupo 3 (C1): 22,10 euros.
— Grupo 4 (C2) 22,10 euros.
— Grupo 5 (AP): exento.
La cuota será de 3,58 euros para las personas que se encuentren en situación de desempleo y no perciban prestación alguna, debiendo justificar esta situación junto con la instancia, mediante certificado expedido por el Instituto Nacional de Empleo, con fecha actualizada y en la que se haga constar expresamente que no percibe prestación por desempleo.
7. Certificación negativa del Registro Central de Delincuentes sexuales, únicamente
para aquellas convocatorias en las que así se establezca en el anexo I. Se admitirán los certificados emitidos hasta dos meses de la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes.
Los/las aspirantes quedan vinculados/as a los datos consignados en la solicitud, y una
vez presentada esta, solo podrán instar su modificación motivadamente por los medios anteriormente establecidos dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes.
La no presentación de la solicitud (Instancia-anexo II), autobaremo (anexo III) y la falta de abono de la tasa, en tiempo y forma, supondrá la inadmisión del/de la aspirante al proceso selectivo.
Se deberá presentar una solicitud y la totalidad de la documentación señalada anteriormente para cada convocatoria en la que se participe.
4.2. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación del anuncio del extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”. En el extracto figurará la oportuna referencia al número y fecha del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en el que con anterioridad se hayan publicado
las bases específicas, así como la fecha de publicación de las presentes bases generales.
4.3. A efectos del cumplimiento de la normativa de protección de datos personales y
garantía de derechos digitales, los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento automatizado por el órgano competente para el desarrollo del proceso selectivo. Su
cumplimentación será obligatoria para la admisión al proceso selectivo.
4.4. Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten.
De conformidad con el artículo 28.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, podrá requerirse la exhibición de los documentos originales para el cotejo de la documentación aportada por el/la interesado/a.
En el supuesto de que el órgano de selección compruebe que alguno de los aspirantes
ha realizado cualquier tipo de actuación fraudulenta o incurrido en falsedad manifiesta en
su solicitud, que genere competencia desleal de acuerdo con los principios de igualdad, mérito y capacidad, previa audiencia al/a la interesado/a, deberá emitir propuesta motivada de
exclusión del proceso selectivo, dirigida al órgano que hubiera aprobado la relación definitiva de aspirantes admitidos/as, comunicando las falsedades o actuaciones fraudulentas formuladas por el/la aspirante en la autobaremación de sus méritos. Contra la Resolución de
dicho órgano podrán interponerse los recursos administrativos que procedan.
Cuando el idioma original de las certificaciones, acreditaciones o cualquier otra documentación constitutiva de mérito sea distinto al castellano, la persona interesada deberá presentar, junto al documento, traducción literal del contenido de estas realizada por persona
acreditada como traductora jurada.
Quinta. Admisión de aspirantes
5.1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, en el plazo máximo de un
mes el/la titular del órgano competente dictará resolución declarando aprobada la lista pro-

Pág. 565

BOCM-20221118-110

BOCM