B) Autoridades y Personal - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221118-2)
Convocatoria proceso selectivo –  Resolución de 11 de noviembre de 2022, del Director General de Recursos Humanos, por la que se convocan los procedimientos selectivos de ingreso, por el sistema excepcional de Concurso de Méritos, en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos de Música y Artes Escénicas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Profesores Especialistas en Sectores singulares de Formación Profesional a plazas del ámbito de gestión de la Administración de la Comunidad de Madrid
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BOCM

VIERNES 18 DE NOVIEMBRE DE 2022

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de la fecha de inicio y cese, el carácter público o privado del centro, el nivel
educativo así como la especialidad o materia impartida. Cuando la experiencia haya
sido prestada en centros públicos en un nivel similar al del cuerpo al que se opta y
no se acredite la especialidad del cuerpo, los servicios se entenderán prestados en
otras especialidades del mismo cuerpo y, si no se acredita el nivel o etapa educativa
impartido, serán valorados como experiencia en especialidades de otros cuerpos
distintos al que se opta. Dichas certificaciones deberán presentarse en castellano
o acompañados de su traducción oficial o jurada al castellano.
La experiencia docente como profesor visitante dentro del programa de la acción
educativa en el exterior del Ministerio de Educación y Formación Profesional, o
dentro del programa de profesores en secciones bilingües de español en centros
educativos de Europa central, oriental, Turquía y China del citado Ministerio, se
acreditará mediante certificación del órgano competente en la que conste el tipo de
centro, la especialidad, el nivel educativo y la duración de los servicios prestados,
con indicación de la fecha de inicio y fin del nombramiento.
Los servicios prestados como profesor de Religión en centros públicos se
acreditarán mediante certificación emitida por la Administración educativa
competente en la que conste la duración de los mismos, con indicación de la fecha
de toma de posesión y cese, así como la etapa educativa, computándose en el
apartado 1.2 si se han prestado en la misma etapa educativa que el cuerpo al que
se opta, o en el apartado 1.3 si ha sido prestada en otra etapa educativa. Si los
servicios han sido prestados en otros centros diferentes a los centros públicos,
deberá aportarse certificado emitido por el director del centro educativo con el Vº.
Bº. del Servicio de Inspección Educativa, o copia de los contratos de trabajo junto
con el informe de la vida laboral, en el que debe constar el nivel o etapa educativa
impartida, así como la duración de los servicios prestados, indicando la fecha de
comienzo y fin de los mismos. Se computará en el subapartado 1.4 cuando hayan
sido prestados en el mismo nivel o etapa educativa que el impartido por el cuerpo
al que opta el aspirante.

BOCM-20221118-2

B.O.C.M. Núm. 275

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID