B) Autoridades y Personal - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221118-1)
Convocatoria proceso selectivo –  Resolución de 10 de noviembre de 2022, del Director General de Recursos Humanos, por la que se convoca proceso selectivo de ingreso en el Cuerpo de Maestros, por el sistema excepcional de Concurso de Méritos, a plazas del ámbito de gestión de la Administración de la Comunidad de Madrid
45 páginas totales
Página
BOCM
Pág. 48

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 18 DE NOVIEMBRE DE 2022

-

Se valorarán por este subapartado los certificados de conocimiento de idiomas extranjeros admitidos
por ACLES (Asociación de Centros de Lenguas de Educación Superior).
La valoración de la acreditación de un nivel de conocimiento de un idioma extranjero en este
subapartado, será incompatible con la valoración de la posesión de la titulación de régimen especial en
el mismo idioma a que se refiere al subapartado 2.4.2

3. OTROS MÉRITOS

Máximo
5,0000
puntos

3.1. Por la superación de la fase de oposición en
la misma especialidad del cuerpo a la que se
opta.
Por cada procedimiento selectivo de ingreso en
cuerpos de la función pública docente, que hayan
sido convocados desde 2012, incluido, y en el
que se acredite haber superado la fase de
oposición en la misma especialidad a la que se
participa:

Certificado
emitido
por
la
administración educativa en la que se
haya superado el procedimiento
selectivo, en la que conste el año de
convocatoria, la especialidad y la
superación de la fase de oposición o
calificaciones obtenidas.

2,500
Cuando la superación de la fase de
oposición se haya realizado en la
administración educativa en la que se
presenta la instancia para su
participación, dicho mérito será
aportado
de
oficio
por
esa
administración educativa de acuerdo
con la documentación que obre en el
expediente personal del aspirante.

Se valorará en este subapartado la superación
de un máximo de dos procedimientos.

-

Si en el mismo año de convocatoria se hubiese concurrido a más de un procedimiento selectivo de la
misma especialidad, podrá valorarse en este subapartado la superación de la fase de oposición en
más de un procedimiento selectivo el mismo año.

3.2. Formación permanente.

Máximo
2,0000
puntos

Por cada curso de formación permanente y
perfeccionamiento superado, relacionado con la
especialidad a la que se opta o con la
organización escolar, las nuevas tecnologías
aplicadas a la educación, la didáctica, la
psicopedagogía o la sociología de la educación,
convocado por administraciones públicas con
plenas competencias educativas o por
universidades, o actividades incluidas en el plan
de formación permanente organizados por
entidades
colaboradoras
con
las
administraciones educativas, o actividades
reconocidas por la administración educativa
correspondiente:
0,5000
a) No inferior a 10 créditos
0,2000
b) No inferior a 3 créditos

Certificación de los mismos en la que
conste de modo expreso el número de
créditos de duración del curso. De no
aportarse dicha certificación no se
obtendrá
puntuación
por
este
subapartado. En el caso de actividades
organizadas
por
entidades
colaboradoras
con
las
Administraciones educativas, deberá,
asimismo
acreditarse
el
reconocimiento u homologación por la
Administración
educativa
correspondiente. No se tendrán en
cuenta los cursos en cuyos certificados
no se indique expresamente el número
de créditos o el total de horas
impartidas.

BOCM-20221118-1

-

B.O.C.M. Núm. 275