B) Autoridades y Personal - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221118-1)
Convocatoria proceso selectivo –  Resolución de 10 de noviembre de 2022, del Director General de Recursos Humanos, por la que se convoca proceso selectivo de ingreso en el Cuerpo de Maestros, por el sistema excepcional de Concurso de Méritos, a plazas del ámbito de gestión de la Administración de la Comunidad de Madrid
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 18 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 275

de que no está separada de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
b) Ejemplar del impreso modelo 030: el ejemplar para la Administración del impreso
modelo 030, acreditativo de haber abonado la tasa por derechos de examen, debidamente mecanizado y validado mecánicamente por la entidad bancaria o, en su
caso, la documentación acreditativa de la exención del pago de la misma, todo ello
en los términos dispuestos en el apartado 4.3 de esta base.
c) Candidatos que se presenten por el turno de discapacidad: aquellos candidatos que
tengan reconocido su grado de discapacidad por centros ubicados fuera de la Comunidad de Madrid, deberán adjuntar la documentación acreditativa de la misma.
Los que tengan reconocido su grado de discapacidad por centros de valoración de
la Comunidad de Madrid, deberán aportar copia de la tarjeta acreditativa del grado de discapacidad, en el caso de oponerse a su consulta.
d) Título académico oficial exigido en la convocatoria y que se alega como título de
acceso.
Copia del título alegado para el ingreso en el Cuerpo de Maestros o copia de la certificación académica completa original, que acredite haber realizado todos los estudios necesarios para la obtención de dicho título.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá presentarse copia de la
credencial de su homologación, según lo especificado en el apartado 3.2.1 de esta
convocatoria.
Para poder valorar como mérito el título de grado en la misma especialidad que
una diplomatura deberá constar esta última como título de acceso.
e) Las declaraciones responsables de no haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según modelo que figura como Anexo
III de esta convocatoria.
f) Representación:
En aquellos casos en los que se consigne en la solicitud que se actuará por medio
del representante se deberá aportar:
— Copia del DNI del representante, en el caso de oponerse a su consulta por la
Administración.
— Documento por el que se otorga la representación.
g) Cursos inscritos en el Registro de Formación Permanente del Profesorado de la
Comunidad de Madrid.
Los concurrentes que tengan inscrito algún curso en el Registro de Formación Permanente del Profesorado de la Comunidad de Madrid no tendrán que presentar la
documentación justificativa del mismo, marcando la casilla correspondiente en el
apartado 5C de la solicitud. La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los cursos inscritos en el citado registro. En caso de que el
interesado se oponga a la consulta, deberá aportar la correspondiente documentación de conformidad con esta convocatoria.
h) Para aquellos candidatos que no poseen la nacionalidad española.
Además de la documentación referida anteriormente, deberán aportar en el plazo de
presentación de solicitudes:
1. Acceso a la Función Pública: declaración responsable de no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función pública, según modelo que figura como Anexo III de esta resolución.
En todo caso, los ciudadanos de origen extranjero o que tuvieran otra nacionalidad diferente a la española, deberán, además, aportar certificación negativa de condenas penales
expedida por las autoridades de su país de origen o de donde sean nacionales respecto de
los delitos relacionados en el apartado 1 del artículo 3, del Real Decreto 1110/2015, de 11
de diciembre, por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales, tal como
se establece en el artículo 9.3 del mismo. Esta certificación deberá acompañarse de su traducción oficial o jurada (realizada por traductor jurado o validada por el consulado u oficina diplomática correspondiente).
2. Acreditación del conocimiento del castellano: los aspirantes que han de acreditar el conocimiento del castellano, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 3.1.g) de la presente

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