D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20221118-33)
Convenio –  Convenio de 29 de octubre de 2022, entre la Comunidad de Madrid y la Agencia de Colocacion Alianza Internacional para el Desarrollo de los Jóvenes - Aidejoven, para la información, orientación y apoyo en la inscripción en el procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral y/o vías no formales de formación en el ámbito de la Comunidad de Madrid en el marco del componente 20 “Plan Estratégico de Impulso de la Formación Profesional”, del plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 18 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 275

El artículo 10 del citado Real Decreto, señala que el Servicio de formación y cualificación para el empleo tiene por finalidad promover la formación, cualificación profesional,
recualificación y actualización permanente de las competencias profesionales, proporcionado a los usuarios la mejora de sus competencias profesionales a través de una oferta de
formación acreditable y formación no formal, así como el reconocimiento de competencias
adquiridas por la experiencia laboral.
El apartado 2 de este mismo artículo detalla que el servicio de formación y cualificación para el empleo comprenderá las siguientes actividades:
c) Evaluación, reconocimiento y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral: Comprenderá todas las actuaciones tendentes a facilitar la evaluación, reconocimiento y acreditación de las competencias profesionales adquiridas por los usuarios a través de la experiencia laboral y
de las vías no formales de formación.
Asimismo, el artículo 6 del citado Real Decreto establece que los Servicios Públicos
de Empleo podrán prestar los servicios a sus usuarios directamente a través de sus propios
medios o a través de entidades colaboradoras habilitadas para ello.
5. Mediante Real Decreto 1796/2010, de 30 de diciembre, regula las agencias de colocación se procede al desarrollo reglamentario de la Ley 35/2010, de 17 de septiembre, regulando el régimen de autorización y la actividad de las agencias de colocación.
El artículo 2 del citado Real Decreto, establece que las agencias de colocación podrán
desarrollar también actuaciones relacionadas con la búsqueda de empleo, tales como orientación e información profesional, y con la selección de personal. Por tanto, las tareas de
orientación e información profesional sobre la cualificación profesional de los trabajadores
forman parte de las funciones y servicios que pueden prestar las agencias de colocación,
pues ambas tareas van encaminadas a mejorar la empleabilidad de los trabajadores y la
competitividad empresarial.
En el mismo artículo 2, ya se contiene la posibilidad de suscribir convenios de acuerdo con el procedimiento y con el alcance previstos en el Capítulo IV del Real Decreto.
El artículo 19 del mismo texto legal, señala que “los servicios públicos de empleo podrán establecer, en su correspondiente ámbito territorial, el procedimiento para suscribir convenios de colaboración con las agencias autorizadas para operar dentro del mismo. Este procedimiento podrá consistir en la concesión de subvenciones públicas, contratación
administrativa o cualquier otra forma jurídica ajustada a la normativa estatal y autonómica”.
6. El Plan de Modernización de la Formación Profesional, derivado de la Agenda 2030
y sus Objetivos de Desarrollo Sostenible, tiene como objetivo dar respuesta a las necesidades
de cualificación y recualificación de jóvenes y trabajadores futuros y actuales, a nivel individual y colectivo de cada empresa, en estos momentos de reconstrucción y creación de un nuevo modelo de crecimiento económico.
Las actuaciones de este Plan para la formación profesional, entre las que se encuentra
reconocimiento y acreditación de las competencias profesionales, se han incluido en el Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la economía española.
El Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, establece en su artículo 7 que “Los gestores
de convenios administrativos harán uso de los recursos disponibles para que la tramitación
de los mismos se efectúe en un período de tiempo que permita el cumplimiento eficaz de
los fines perseguidos con su formalización bajo los principios de agilización y simplificación administrativa”.
Por tanto, se considera que la formalización de un convenio con la agencia de colocación Aidejoven se realiza con la finalidad de cumplir con el objetivo del Plan de Modernización para la Formación Profesional, el Ministerio de Educación y Formación Profesional
ha definido, entre otras, la siguiente actuación, de carácter estratégico recogidas en el componente 20:
Actuación 1: Evaluación y acreditación de las competencias adquiridas por la experiencia laboral.
Componente: 20 Plan estratégico de impulso de la Formación Profesional.
Inversión: I.1 Reskilling y upskilling de la población activa ligada a cualificaciones
profesionales. Estableciendo como HITO conseguir 447.172 unidades de competencia
acreditadas, para el conjunto de la actuación hasta final MRR 3.000.000 unidades de competencia acreditadas.

BOCM-20221118-33

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