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Convenio –  Convenio de 26 de octubre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social (Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad) y la Asociación Estatal de Acogimiento Familiar (ASEAF), para impulsar el programa de acogimiento familiar temporal durante el curso escolar
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 18 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 275

Decimosegunda
Vigencia, prórroga y modificación
La vigencia del presente convenio será desde el 1 de octubre de 2022, o desde la fecha
de su firma si es posterior, hasta el 30 de septiembre de 2023.
Las partes firmantes podrán acordar unánimemente su prórroga de conformidad con lo
establecido en el artículo 49 h). 2.o de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y en el artículo 4.3.h) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de
Madrid. Los firmantes podrán acordar unánimemente la prórroga por un período de hasta
cuatro años adicionales, salvo denuncia expresa y por escrito de cualquiera de las partes,
con dos meses de antelación al respectivo vencimiento. En caso de prórroga, deberá tramitarse y formalizarse con dos meses de antelación a la finalización del convenio. Asimismo,
los firmantes podrán acordar unánimemente su extinción.
Las partes podrán modificar y desarrollar el convenio de mutuo acuerdo, mediante la
suscripción de la correspondiente adenda.
Decimotercera
Régimen jurídico
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, quedando excluido de la aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en virtud de lo
dispuesto en su artículo 6.2, sometiéndose a los principios de dicha Ley para resolver las
dudas y lagunas que pudieran presentarse, así como las normas generales de derecho administrativo, los principios de buena administración y el ordenamiento jurídico general.
Decimocuarta
Controversias
Dada la naturaleza administrativa del convenio, las partes acuerdan someter las discrepancias que no hayan podido resolverse en el seno de la Comisión de Seguimiento del presente convenio, a los tribunales de la jurisdicción contenciosa- administrativa de Madrid.
Y para que así conste y en prueba de conformidad de las partes se firma el presente
convenio siendo la fecha de formalización del mismo la correspondiente a la de la firma de
la Comunidad de Madrid, o en ausencia de fecha, la que figure en el encabezamiento.
Madrid, a 26 de octubre de 2022.—La Consejera de Familia, Juventud y Política
Social, Concepción Dancausa Treviño.—La Asociación Estatal de Acogimiento Familiar,
María Araúz de Robles.
ANEXO I
ACUERDO DE ENCARGO DE TRATAMIENTO
En el presente acuerdo las partes fijan formalmente y por escrito los términos y condiciones para regular el tratamiento de datos de carácter personal y la confidencialidad de la
información suministrada y creada entre ellas.
Primera
La Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad, adscrita a la
Consejería de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid tendrá la consideración de Responsable del tratamiento y la entidad Asociación Estatal de Acogimiento
Familiar (ASEAF) tendrá la consideración de Encargada del tratamiento, conforme a lo establecido en los artículos 28 y 29 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo
y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo
que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (en
adelante, RGPD), así como en el artículo 33 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,
de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y en el resto de normativa vigente en la materia.

BOCM-20221118-36

Responsable y encargado del tratamiento