C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20221118-21)
Bases ayudas –  Orden 3706/2022, de 2 de noviembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la modernización de las estructuras agrarias, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por la Administración General del Estado y se aprueba la convocatoria para el año 2022 de la ayuda a las inversiones no productivas vinculadas al cumplimiento de objetivos agroambientales y climáticos
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 18 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 275

que en la declaración trimestral de gastos del Organismo Pagador de los Fondos Europeos
Agrícolas sean otras las tasas de cofinanciación del cuadro financiero vigente del Programa de Desarrollo Rural 2014-2020 de la Comunidad de Madrid.
Artículo 57
Documentación a presentar con la solicitud
1.

Junto con la solicitud (anexo IV.C) se deberá aportar la siguiente documentación:

a) Si el solicitante es una persona física:
1. NIF/NIE del solicitante. El NIF/NIE podrá ser obtenido de oficio por la Comunidad de Madrid si el solicitante no se opone a la consulta.
Acreditación de la cualificación profesional, bien con formación lectiva o justificando experiencia profesional.
La formación lectiva se acreditará mediante:
(v) Título académico de la rama agraria.
(vi) Diploma de capataz de especialidad agraria de primer grado al menos.
(vii) Certificado de asistencia al curso de incorporación a la empresa agraria.
(viii) Certificados de cursos de cualificación agraria o de actividades complementarias, expedidos por el organismo administrativo competente o por
entidades privadas, en cuya organización y/o financiación haya participado algún organismo oficial.
La experiencia profesional, se acreditará mediante Informe de Vida Laboral
emitido por la Tesorería Territorial de la Seguridad Social; o 3 declaraciones
de IRPF con ingresos agrarios de los últimos 5 años, siendo obligatoria la del
último año, o cualquier otra documentación que acredite el ejercicio de la actividad agraria durante 3 años.
b) Si el solicitante es una persona jurídica:
1. NIF de la persona jurídica y el NIF/NIE de su representante. El NIF/NIE podrá ser obtenido de oficio por la Comunidad de Madrid si el solicitante no se
opone a la consulta.
2. Listado actualizado del número de socios.
3. Escrituras de constitución.
4. Certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en el que se
indique que ejerce la actividad agraria.
5. Certificado actualizado del registro que le corresponda.
6. Certificación del acuerdo válidamente tomado en junta o asamblea general
haciendo constar la aprobación del proyecto presentado y las ayudas que se
solicitan.
7. En el caso de que la persona jurídica no tenga 3 años de experiencia: Documentación acreditativa de la cualificación profesional del 50% de los socios
en los términos del artículo 33.1.A.
8. Acreditación de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la
Seguridad Social. En concreto deberá presentar:
— Alta y último recibo del Impuesto de Actividades Económicas, cuando
legalmente sea exigible. El alta podrá ser obtenido de oficio por la Comunidad de Madrid si el solicitante autoriza la consulta.
— Certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias. Podrá ser consultado de oficio por la Administración si el solicitante autoriza la consulta.
— Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social de estar al corriente de sus obligaciones. Podrá ser consultado de oficio por la Administración si el solicitante no se opone a la consulta.

BOCM-20221118-21

A. Con carácter general