C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20221118-21)
Bases ayudas –  Orden 3706/2022, de 2 de noviembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la modernización de las estructuras agrarias, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por la Administración General del Estado y se aprueba la convocatoria para el año 2022 de la ayuda a las inversiones no productivas vinculadas al cumplimiento de objetivos agroambientales y climáticos
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 18 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 275

5. Maquinaria y equipos.
6. Edificios e instalaciones.
c) Descripción de las inversiones a realizar:
1. Descripción de los objetivos a obtener.
2. Descripción de las acciones a realizar:
— Realización de estudios y proyectos.
— Obtención de permisos y autorizaciones.
— Inversiones: El presupuesto diferenciará las distintas inversiones y gastos
asociados.
3. Programación cronológica prevista de las inversiones.
4. Planos, que aportarán, al menos, la siguiente información:
— Base territorial de la explotación (parcelas) y su localización.
— Ubicación y disposición de los elementos actuales más relevantes.
— Ubicación y disposición de las inversiones previstas que tengan carácter
fijo.
— Plantas, alzados y secciones necesarios para entender las características
de la inversión y realizar las mediciones correspondientes. Deben estar
acotadas.
— Creación de nuevos puestos de trabajo con motivo de la ejecución del
proyecto y el plazo de mantenimiento del empleo a efectos de su valoración como criterio de priorización.
— Cualquier otra información relevante que pueda ser representada en planos para una mejor comprensión.
5. En el caso de que se contratara mano de obra con motivo de la ejecución del
proyecto, se deberá indicar claramente la jornada y períodos en los que se
contratará a los trabajadores.
d) Procedencia de la financiación para realizar el proyecto y justificación de su disponibilidad.
2. Los planes empresariales estarán suscritos por el interesado y por técnico que esté
en posesión del título de ingeniero, arquitecto, ingeniero técnico o arquitecto técnico.
3. Cuando, por el carácter especializado de la explotación objeto de la ayuda, el plan
empresarial incluya transformaciones y mejoras comprendidas en los programas vigentes
de reordenación sectorial o que en el futuro se establezcan, dicho plan empresarial, para poder beneficiarse de las ayudas, deberá ajustarse a los criterios de carácter técnico y económico establecidos en cada programa sectorial.
Artículo 35
a) Tipo de operación 4.1.1 (Inversiones productivas): Deberá incluir una evaluación
de las inversiones a realizar desde el punto de vista del incremento de la productividad de la explotación. Incluirán un estudio económico que contemple la situación futura de la explotación tras la realización de las inversiones:
1. Tabla de flujos de caja (diferencia entre gastos e ingresos anualizados) tras la
inversión frente a los que se tendrían sin realizar ninguna inversión para los
10 años posteriores a las inversiones.
2. Cálculo del Valor Actual Neto (VAN) y de la Tasa Interna de Retorno (TIR)
a partir del aumento de flujo de caja que se prevé obtener al realizar la inversión para el horizonte temporal establecido (10 años).
3. Se justificarán los datos tenidos en cuenta para el estudio económico.
b) Tipo de operación 4.1.2 (Inversiones para la mejora de las condiciones): Deberá
incluir una evaluación de las inversiones a realizar desde el punto de vista de alguna de las siguientes mejoras en la explotación:
1. Las condiciones higiénico-sanitarias.
2. Las condiciones de trabajo.
3. El bienestar de los animales.
4. Su impacto en el medio ambiente: reducción de recursos consumidos, reducción de residuos y emisiones, así como la mejora en el tratamiento de los mis-

BOCM-20221118-21

Particularidades de los planes empresariales