C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20221117-18)
Plan estratégico subvenciones –  Orden de 1 de noviembre de 2022, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para la concesión directa en el ejercicio 2023 de ayudas para la mejora de las áreas industriales de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 274

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 17 DE NOVIEMBRE DE 2022

Pág. 213

ANEXO
PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES PARA LA CONCESIÓN DIRECTA
EN EL EJERCICIO 2023 DE AYUDAS PARA LA MEJORA
DE LAS ÁREAS INDUSTRIALES DE LA COMUNIDAD DE MADRID
1. Ámbito normativo competencial
Esta línea de ayudas tiene como referencia las siguientes normas:
— Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por
el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad
de Madrid.
— Decreto 234/2021, de 10 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
— Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
— Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
— Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid.
— Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
— Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
— Reglamento (UE) número 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013,
relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento
de la Unión Europea a las ayudas de minimis.
2. Objetivos
Esta línea de ayudas tiene por objeto la rehabilitación y modernización de las áreas industriales de la Comunidad de Madrid, haciéndolas más atractivas y contribuyendo al incremento de la seguridad en las mismas y a la mejora de la eficiencia energética y medioambiental, lo que redundará en un incremento de la competitividad de las empresas de nuestra
región.
Para ello, se subvencionan proyectos que incluyan actuaciones dirigidas a la mejora
del alumbrado público, instalaciones de gestión de residuos, instalación de puntos de suministro, construcción y reforma de centros polivalentes, mejora de zonas verdes o de las infraestructuras de seguridad, entre otras.
La cuantía de la ayuda será, con carácter general, del 50 por 100 de la inversión subvencionable, excepto para las actuaciones desarrolladas en municipios de menos de 2.500
habitantes, en cuyo caso el porcentaje de ayuda se incrementa hasta el 60 por 100 de la inversión subvencionable.
El límite máximo de la ayuda en cada ejercicio presupuestario será de 1.000.000 de
euros por área de actuación y 1.000.000 de euros por beneficiario, excepto en el caso de que
este último esté sometido a la normativa de minimis, en cuyo caso el límite será de 200.000
euros, según lo establecido en el artículo 3, apartado 2, del Reglamento (UE) número1407/2013.

En el ejercicio económico 2023, mediante Orden del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, se hará pública la declaración del crédito disponible previsto para financiar
esta línea de ayudas, que asciende a 3.000.000 de euros.
La convocatoria se financiará con cargo a los créditos de los Presupuestos Generales
de la Comunidad de Madrid, subconcepto 79000 “Modernización, dinamización y difusión
tecnológica” del programa 463A “Competitividad”.
4. Plazo de ejecución
Dado que el objetivo perseguido por esta línea de ayudas es el apoyo a la rehabilitación y modernización de las áreas industriales de la Comunidad de Madrid, el plazo para la
consecución del mismo viene marcado por el procedimiento de concesión de las subvenciones que, en este caso, tiene carácter anual.

BOCM-20221117-18

3. Costes presupuestarios previstos y fuentes de financiación