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Convenio –  Convenio de 27 de octubre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, y el Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España (CSCAE) para la concesión directa de una subvención destinada al apoyo en la organización del foro de la Unión Internacional de Arquitectos sobre vivienda asequible, “UIA Affordable Housing Activation. Removing Barriers (AHA)”, que se ha celebrado en Madrid en el mes de mayo de 2022
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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JUEVES 17 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 274

lo 17.3.n) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, por la aplicación del criterio de grado de
cumplimiento alcanzado con la realización de la actividad en relación con el objeto del presente convenio.
Decimosegunda
Régimen de infracciones y sanciones
El beneficiario estará sometido al régimen de infracciones y sanciones regulado en el
Título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así como en el contemplado en los artículos 14 a 17 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, en tanto no se oponga a las disposiciones de
carácter básico de la anterior.
Decimotercera
Protección de datos de carácter personal
Ambas partes se comprometen a cumplir en su integridad el Reglamento
(UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la
protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a
la libre circulación de estos datos, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y cualquier otra normativa
que pueda sustituir, modificar o complementar a la mencionada en materia de protección
de datos de carácter personal durante la vigencia del presente convenio.
Las obligaciones en materia de protección de dichos datos tendrán validez durante la
vigencia del presente convenio y una vez terminado este.
Toda la información facilitada por las partes y toda la información generada como consecuencia de la ejecución del presente convenio tendrá el tratamiento de confidencial, sin
perjuicio de la información que sea de dominio público, no pudiendo ser divulgada o facilitada a terceros ni utilizada para un fin distinto del previsto en este documento sin el acuerdo unánime de las partes.
La obligación de confidencialidad para las partes se extenderá indefinidamente, aunque el convenio se hubiera extinguido. Todo ello sin perjuicio de la eventual autorización
de las partes o, en su caso, de que dicha información pasara a ser considerada como de dominio público.
Las partes velarán por el cumplimiento del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el
que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.
Decimocuarta
Régimen jurídico del convenio
El presente convenio tiene naturaleza administrativa. En todo lo no previsto por el convenio, se estará a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, además de la Ley 2/1995, de 8 de marzo; y supletoriamente, a
la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Las cuestiones litigiosas serán resueltas en el marco de lo previsto en la Ley 29/1998,
de 13 de julio, Reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Decimoquinta
Publicación del convenio
El presente convenio deberá ser publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
MADRID dentro de los veinte días siguientes a su celebración. Asimismo, se publicará
en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 18 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid, en virtud del artículo 23.1 de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.
En prueba de conformidad, ambas partes firman el presente Convenio a fecha de firma
de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura.
Madrid, a 27 de octubre de 2022.—Por la Comunidad de Madrid, José Ignacio Tejerina
Alfaro.—Por El CSCAE, Marta Vall-llossera Ferrán.
(03/21.154/22)

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ISSN 1989-4791

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