D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20221116-57)
Convenio –  Convenio de 24 de octubre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación Madrileña de Hockey, para la colaboración en la utilización de espacios deportivos en el cuartel de “Somontes”, situado en el “Monte de El Pardo”
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 16 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 273

Décima
Responsabilidades
La Comunidad de Madrid no asumirá responsabilidad alguna por las interrupciones
que pudieran producirse en cualquiera de los servicios generales de las instalaciones del
cuartel de “Somontes”.
El papel de la Comunidad de Madrid se circunscribe única y exclusivamente a la cesión de las edificaciones y espacios deportivos, eximiéndose de toda responsabilidad derivada de la actividad para la cual se aprueba dicha cesión.
Correrán a cargo de la Federación todos los gastos derivados de su actividad sin que
pueda imputarse a la Comunidad de Madrid las obligaciones contraídas por la Federación,
ni siquiera responsabilidad subsidiaria.
La Federación se responsabilizará de los compromisos que adquiere a la suscripción
del presente convenio y, en los supuestos en los que proceda, tales como el destino de las
edificaciones y espacios deportivos a fines distintos de los previstos en el convenio o el no
mantenimiento de las edificaciones y espacios deportivos, la Comunidad de Madrid tendrá
derecho a percibir, previa tasación pericial, el valor de los daños y perjuicios causados
como consecuencia de los incumplimientos.
Undécima
Grabaciones audiovisuales de carácter comercial en las edificaciones y espacios
deportivos
Sin menoscabo de la aplicación de Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, la realización de grabaciones audiovisuales de carácter publicitario, comercial o similar en las edificaciones y espacios deportivos previstas en el presente convenio requerirá de autorización previa de la Comunidad de Madrid, debiendo proceder al abono del precio público establecido.
Duodécima
Al amparo de lo establecido en el artículo 49.f) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, se
constituye la Comisión para el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del presente convenio y de las obligaciones de las partes, cuya composición, funciones y régimen de
funcionamiento será el siguiente:
1. Composición:
Estará integrada por:
— El titular de la Subdirección General de Instalaciones Deportivas, o persona en
quien delegue, que actuará como presidente de la comisión.
— El presidente de la federación o persona en quien delegue.
— Un técnico de la Comunidad de Madrid, nombrado por el titular de la Dirección
General de Deportes.
— Un representante de la Federación, nombrado por el Presidente.
— Un técnico de la Comunidad de Madrid, nombrado por el titular de la Dirección
General de Deportes, que actuará como Secretario.
2. Funciones:
— Conocer las actividades, los programas de trabajo y los proyectos de participación
deportiva desarrollados por la Federación en las edificaciones y espacios deportivos.
— Evaluar la utilización y estado de las edificaciones y espacios deportivos que se incluyen en el presente convenio.
— Aprobar anualmente los precios y descuentos a aplicar por la utilización de los espacios deportivos dentro de la programación deportiva que desarrolle la Federación.
— Aprobar anualmente la cuantía a ingresar por la Federación de acuerdo con lo previsto en la cláusula sexta.
— El seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes.
— Realizar el seguimiento de las actividades relacionadas con el presente convenio.
— Resolver los problemas de interpretación y cumplimiento del convenio que pudieran plantearse.

BOCM-20221116-57

Comisión de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio