D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20221116-57)
Convenio –  Convenio de 24 de octubre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación Madrileña de Hockey, para la colaboración en la utilización de espacios deportivos en el cuartel de “Somontes”, situado en el “Monte de El Pardo”
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B.O.C.M. Núm. 273

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 16 DE NOVIEMBRE DE 2022

4. Elaborar y remitir a la Dirección General de Deportes, la programación deportiva
por temporada, con las fechas y usos previstos para las instalaciones.
5. Elaborar y remitir a la Dirección General de Deportes un informe por temporada
deportiva detallado sobre las actividades deportivas y usos realizados en las edificaciones
y espacios deportivos.
6. Utilizar adecuadamente las edificaciones y espacios deportivos incluidas en el
presente convenio y destinar las mismas a sus fines propios como son el establecimiento de
la sede de la Federación en el local de oficinas y los usos deportivos propios del campo de
hockey, quedando totalmente prohibidas la cesión o subarriendo total o parcial de las instalaciones.
7. Mantener en perfectas condiciones de uso todas las edificaciones y espacios deportivos incluidos en el presente convenio, siendo responsable frente a la Comunidad de
Madrid de los daños o deterioros que pudieran sufrir, aun cuando tengan su origen en la actuación de terceros; comprometiéndose, igualmente, a entregar a la Comunidad de Madrid
en perfecto estado de uso todas las edificaciones y espacios deportivos previstas en el presente convenio a la finalización de la vigencia del mismo.
8. Ejecutar y abonar las reparaciones que se precisen que puedan derivarse del mal
uso de las edificaciones y espacios deportivos.
9. Solicitar la autorización expresa de la Dirección General de Deportes, para la realización de cualquier modificación o reforma de las instalaciones y espacios deportivos, sin
la cual no podrán llevarse a cabo.
10. Realizar las inversiones necesarias en las edificaciones y espacios deportivos que
se acuerden en la Comisión de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio. Estas inversiones podrán ser imputadas al canon anual siempre y cuando se solicite previamente a la Comisión de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y
se cuente con la aprobación de la Dirección General de Deportes.
11. Abonar los suministros de teléfono, energía eléctrica, gas, agua, y los servicios
de limpieza correspondientes a la sede federativa. En caso de que estos suministros estén a
nombre de la Dirección General de Deportes, esta repercutirá el importe de los suministros
a la Federación a través del abono previsto en la cláusula sexta.
12. Abonar los gastos de seguridad y vigilancia de las instalaciones previstas en el
presente convenio.
13. La Federación deberá disponer del Plan de Evacuación de las Instalaciones Deportivas, requerido por la normativa vigente.
14. Elaborar las normas de utilización de las instalaciones que deberán de ser acordes con las normas de utilización del cuartel de “Somontes” en el “Monte de El Pardo” y
ser visadas por la Dirección General de Deportes.
15. Informar a la Dirección General de Deportes de los horarios de apertura y cierre,
usos y actividades de todas las instalaciones. Dichos horarios, usos y actividades estarán condicionados por las normas de utilización del cuartel de “Somontes” en el “Monte de El Pardo”.
16. Comunicar a la Dirección General de Deportes la identidad de las personas responsables de las edificaciones y espacios deportivos, que serán los interlocutores con esta
Dirección General.
17. Contratar los seguros previstos en la cláusula novena del presente convenio y
aportar copia de los mismos a la Dirección General de Deportes.
18. Permitir en cualquier momento el acceso del personal de la Dirección General de
Deportes a las instalaciones previstas en el convenio. A tal efecto, y por razones de seguridad, la dirección de la instalación deportiva deberá disponer de llave de acceso a todas las
instalaciones.
19. Incluir los logotipos oficiales de la Comunidad de Madrid en todo el material publicitario que se utilice para promocionar las actividades que se desarrollen en las instalaciones.
20. Solicitar la autorización expresa de la Dirección General de Deportes para la
contratación o exhibición de publicidad en las instalaciones, sin la cual no podrán realizarse. En estos casos, la Dirección General de Deportes percibirá el 20 por 100 de los ingresos
que la Federación obtenga por este concepto. Dicho importe se acumulará al abono previsto en la cláusula sexta.
21. Cumplir con las obligaciones económicas del convenio previstas en la cláusula
sexta del presente convenio.

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BOCM-20221116-57

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