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Bien de interés cultural –  Resolución de 27 de octubre de 2022, de la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid, por la que se incoa el expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, en la categoría de monumento, del “Edificio Castelar”, en el paseo de la Castellana, número 50 (Madrid)
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 15 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 272

I. COMUNIDAD DE MADRID

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Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
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RESOLUCIÓN de 27 de octubre de 2022, de la Dirección General de Patrimonio
Cultural de la Comunidad de Madrid, por la que se incoa el expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, en la categoría de monumento, del “Edificio
Castelar”, en el paseo de la Castellana, número 50 (Madrid).

Con base en el informe recabado por el Área de Catalogación de Bienes Culturales; de
conformidad con lo establecido en el artículo 7 y concordantes de la Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid; visto que el “Edificio Castelar”, en
el paseo de la Castellana, número 50 (Madrid), es considerado la obra de madurez más destacada de Rafael de la Hoz Arderius, con la que lleva a cabo una aportación pionera en materia
técnica, constructiva y estructural, siendo un modelo mundial de edificios en altura de núcleo
asimétrico y estructura colgada para uso de oficinas; en virtud de las competencias establecidas en el artículo 7.2.b) del Decreto 229/2021, de 13 de octubre, del Consejo de Gobierno por
el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 15 de octubre de 2021),
RESUELVO
Primero
Incoar el expediente para la declaración de Bien de Interés Cultural, en la categoría de
Monumento, del “Edificio Castelar”, en el paseo de la Castellana, número 50 (Madrid),
cuya descripción y justificación de los valores que motivan su declaración figuran en el
anexo adjunto.
Segundo
Ordenar que la presente Resolución se notifique a los interesados, a los efectos procedentes, y que se solicite informe a la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando y al Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid que, de conformidad con el artículo 7.3 de la Ley 3/2013,
de 8 de junio, de no ser emitido en el mes siguiente a su petición se entenderá en sentido favorable a la declaración.
Tercero
Abrir un período de información pública por un plazo de un mes a contar desde la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, durante el cual se dará audiencia a los interesados, al Ayuntamiento de Madrid y
al Consejo Regional de Patrimonio Histórico; todo ello a fin de que cuantas personas tengan interés, puedan examinar el expediente, previa cita, en las dependencias de la Dirección
General de Patrimonio Cultural, calle Arenal, 18, 28013 de Madrid, y presentar las alegaciones que estimen oportuno.

Ordenar que la presente Resolución se notifique al Registro General de Bienes de Interés Cultural del Ministerio de Cultura y Deporte y al Registro de Bienes de Interés Cultural de la Comunidad de Madrid, para su anotación preventiva a los efectos procedentes.
Madrid, a 27 de octubre de 2022.—La Directora General de Patrimonio Cultural, Elena Hernando Gonzalo.

BOCM-20221115-44

Cuarto