D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20221114-51)
Convenio – Convenio de 30 de septiembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón, para el desarrollo del proyecto “Naturaleza inclusiva en Villaviciosa de Odón. La montaña y los caminos son para todos”, en el marco de la VII edición del Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud
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BOCM
LUNES 14 DE NOVIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 271
lud, y la Orden 454/2022, de 6 de abril, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la
que se convoca la VII edición de dicho programa.
Este Proyecto consiste, esencialmente, en lo siguiente:
El principal objetivo del Proyecto es la inclusión de todas las personas en la sociedad
y en su vida diaria. Para ello se utilizan las actividades deportivas en la naturaleza como
medio para fomentar la integración de todos los colectivos y promover la vida activa también a los colectivos con alguna discapacidad y con dificultades para acceder al deporte en
el entorno natural.
La actividad del Proyecto, que se realiza en su segunda edición, se realizará entre septiembre de 2022 y junio del año 2023. Para el desarrollo de la actividad el Ayuntamiento de
Villaviciosa de Odón cuenta con la asociación VillaNaturalezaSolidaria, asociación sin ánimo de lucro y registrada en la Comunidad de Madrid con el número 39714. Esta asociación
cuenta con personal cualificado y formado en las actividades de naturaleza inclusiva. Parte de sus miembros tienen una dilatada experiencia en montañismo adaptado y numerosas
expediciones internacionales inclusivas realizadas, además están formados en el uso de la
silla Joëlette para personas con problemas de movilidad y en la barra direccional para personas ciegas o con discapacidad visual grave.
Se realizarán cinco tipos de actuaciones:
— Salidas mensuales programadas en el entorno natural con las adaptaciones necesarias para las diferentes discapacidades que presentes los participantes.
— Participación en actividades escolares o extraescolares si algún estudiante lo necesita, que ninguno no pueda hacer la actividad por su discapacidad.
— Participación en carreras o actos populares dando la oportunidad a todos de manera inclusiva.
— Divulgación de la actividad a la población, a los centros escolares o deportivos,
centros de mayores, haciendo visible la inclusión.
— Actividades de formación (sillas Joëlette, barras direccionales, integración de la
diversidad funcional…).
En todo caso, el desarrollo de las actividades previstas en el Proyecto indicado se realizará con estricta observancia de la normativa que, en cada momento, y según la evolución epidemiológica, se vaya aprobando en relación con la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Segunda
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo del Proyecto se obliga a:
— Realizar la aportación económica máxima total de 5.292 euros, de acuerdo con la
evaluación del Proyecto, y los porcentajes máximos contemplados en la orden reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados en la
orden de convocatoria. Esta aportación constituye el 70 por 100 del total del coste ajustado del Proyecto, cuya estimación asciende a 7.560 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización del Proyecto, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2023. El coste de las
actividades de 2022 correrá a cargo del Ayuntamiento, sin perjuicio del ajuste que,
en su caso, proceda realizar en el ejercicio 2023, a fin de alcanzar la aportación
máxima de la Comunidad de Madrid, prevista en la presente cláusula.
El pago por parte de la Comunidad de Madrid se realizará por dicho importe máximo, con cargo al subconcepto 28001 “Promoción económica, cultural y educativa”, del Programa 336A, del Presupuesto de gastos, siempre que exista crédito
adecuado y suficiente.
Para ello será requisito necesario la previa presentación de certificación del Interventor del Ayuntamiento, de los gastos realizados, en la que se desglosará por conceptos el coste de todas las actividades desarrolladas en ejecución del Proyecto.
La certificación se acompañará de una sucinta memoria en la que se detallarán las actividades y en la que deberá indicarse, además, en todo caso, el número de usuarios
del Proyecto. Asimismo, se aportará imagen de los materiales de difusión, publicidad
o cualquier otro relacionado con el Proyecto que, en su caso, se hubieran elaborado.
El Ayuntamiento deberá presentar dicha documentación justificativa con anterioridad al día 18 de julio de 2023.
La aportación económica máxima total indicada podrá ser reducida en el caso de que
el Proyecto no sea ejecutado en su totalidad, que no se desarrolle durante todo el pe-
BOCM-20221114-51
Pág. 238
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 14 DE NOVIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 271
lud, y la Orden 454/2022, de 6 de abril, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la
que se convoca la VII edición de dicho programa.
Este Proyecto consiste, esencialmente, en lo siguiente:
El principal objetivo del Proyecto es la inclusión de todas las personas en la sociedad
y en su vida diaria. Para ello se utilizan las actividades deportivas en la naturaleza como
medio para fomentar la integración de todos los colectivos y promover la vida activa también a los colectivos con alguna discapacidad y con dificultades para acceder al deporte en
el entorno natural.
La actividad del Proyecto, que se realiza en su segunda edición, se realizará entre septiembre de 2022 y junio del año 2023. Para el desarrollo de la actividad el Ayuntamiento de
Villaviciosa de Odón cuenta con la asociación VillaNaturalezaSolidaria, asociación sin ánimo de lucro y registrada en la Comunidad de Madrid con el número 39714. Esta asociación
cuenta con personal cualificado y formado en las actividades de naturaleza inclusiva. Parte de sus miembros tienen una dilatada experiencia en montañismo adaptado y numerosas
expediciones internacionales inclusivas realizadas, además están formados en el uso de la
silla Joëlette para personas con problemas de movilidad y en la barra direccional para personas ciegas o con discapacidad visual grave.
Se realizarán cinco tipos de actuaciones:
— Salidas mensuales programadas en el entorno natural con las adaptaciones necesarias para las diferentes discapacidades que presentes los participantes.
— Participación en actividades escolares o extraescolares si algún estudiante lo necesita, que ninguno no pueda hacer la actividad por su discapacidad.
— Participación en carreras o actos populares dando la oportunidad a todos de manera inclusiva.
— Divulgación de la actividad a la población, a los centros escolares o deportivos,
centros de mayores, haciendo visible la inclusión.
— Actividades de formación (sillas Joëlette, barras direccionales, integración de la
diversidad funcional…).
En todo caso, el desarrollo de las actividades previstas en el Proyecto indicado se realizará con estricta observancia de la normativa que, en cada momento, y según la evolución epidemiológica, se vaya aprobando en relación con la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Segunda
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo del Proyecto se obliga a:
— Realizar la aportación económica máxima total de 5.292 euros, de acuerdo con la
evaluación del Proyecto, y los porcentajes máximos contemplados en la orden reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados en la
orden de convocatoria. Esta aportación constituye el 70 por 100 del total del coste ajustado del Proyecto, cuya estimación asciende a 7.560 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización del Proyecto, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2023. El coste de las
actividades de 2022 correrá a cargo del Ayuntamiento, sin perjuicio del ajuste que,
en su caso, proceda realizar en el ejercicio 2023, a fin de alcanzar la aportación
máxima de la Comunidad de Madrid, prevista en la presente cláusula.
El pago por parte de la Comunidad de Madrid se realizará por dicho importe máximo, con cargo al subconcepto 28001 “Promoción económica, cultural y educativa”, del Programa 336A, del Presupuesto de gastos, siempre que exista crédito
adecuado y suficiente.
Para ello será requisito necesario la previa presentación de certificación del Interventor del Ayuntamiento, de los gastos realizados, en la que se desglosará por conceptos el coste de todas las actividades desarrolladas en ejecución del Proyecto.
La certificación se acompañará de una sucinta memoria en la que se detallarán las actividades y en la que deberá indicarse, además, en todo caso, el número de usuarios
del Proyecto. Asimismo, se aportará imagen de los materiales de difusión, publicidad
o cualquier otro relacionado con el Proyecto que, en su caso, se hubieran elaborado.
El Ayuntamiento deberá presentar dicha documentación justificativa con anterioridad al día 18 de julio de 2023.
La aportación económica máxima total indicada podrá ser reducida en el caso de que
el Proyecto no sea ejecutado en su totalidad, que no se desarrolle durante todo el pe-
BOCM-20221114-51
Pág. 238
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID